Subvenciones para inversiones en la prevención de los daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.

Código de ayuda:

S01591/19

Norma:

Palma, 21 de diciembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La prevención de los daños causados a los bosques por incendios forestales, desastres naturales y catástrofes.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Fogaiba) (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda es del 80% de los gastos elegibles.

En el caso de disponer de planes de gestión o aprovechamiento forestal, la intensidad será del 85% de la ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios las personas, organismos o asociaciones que, en el momento de la propuesta de resolución o en lo que se indique más adelante, reúnan los requisito.

Requisitos:

a) Sean propietarios o titulares de parcelas forestales ubicadas en una zona declarada de riesgo alto o medio de incendio forestal.

b) Dispongan, en los aprovechamientos de bosques privados de más de 100 hectáreas de superficie de terreno forestal en Mallorca o de 50 hectáreas en Menorca, Ibiza y Formentera, de un plan de gestión forestal sostenible aprobado por el consejero competente en materia forestal. Este plan de gestión debe incluir, al menos, los conceptos definidos en el punto 4.d del apartado sexto de la Resolución.

Para aprovechamientos de menor superficie, si no se dispone de plan de gestión forestal, se debe disponer de un Plan de Aprovechamiento Forestal (PAF), aprobado en el caso de prever actuaciones sucesivas durante varios años, o de una licencia de tala o aprovechamiento de recursos silvestres autorizada por la Administración forestal.

c) Contraten una entidad profesional dedicada a la producción de biomasa para realizar la valorización de los productos de los trabajos. Este requisito se podrá acreditar en el momento de la justificación.

Se considerará que la entidad profesional se dedica a la producción de biomasa si está registrada en el Registro de gestores de biomasa.

d) Obtengan, como mínimo, un 30% de la puntuación máxima posible prevista en el apartado séptimo de esta resolución.

Documentos asociados

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