Subvenciones para incentivar los contratos para la formacion en actividades artesanales en el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S58528/08

Norma:

Resolucion de 21-08-2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar la realización de contratos para la formación en actividades artesanales y de oficios, según la relación recogida en el Anexo I, en el ámbito geográfico de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar la subvención las empresas o entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que formalicen un contrato de trabajo de los previstos en las bases reguladoras.

Estarán excluidas como beneficiarias las Administraciones, Fundaciones constituidas por entidades
públicas, Empresas con algún tipo de participación pública, entidades financieras, empresas de economía social por la contratación de socio-trabajadores.

No podrán ser entidades beneficiarias aquellas empresas y entidades que, durante el año anterior a la contratación, hayan extinguido contratos indefinidos, en virtud de expedientes de regulación de empleo, por causas objetivas o despidos declarados firmes e improcedentes por resolución judicial o administrativa.

Requisitos:

- Estar radicadas en Castilla-La Mancha, es decir, que tengan el domicilio social o algún centro de trabajo en la Región.

- Ofrecer en el territorio de Castilla-La Mancha puestos de trabajo a jóvenes con escasa cualificación profesional y académica, en ocupaciones de carácter artesanal o de oficios, que no impliquen producción en cadena, conforme a lo establecido en el Anexo I, que indica las actividades ocupacionales artesanales subvencionables.

- Que no concurra en las personas o entidades beneficiarias ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La justificación de la no concurrencias de dichas circunstancias se acreditar á mediante testimonio judicial, certificados telemáticos o transmisiones de datos, de acuerdo con lo establecido en la normativa reglamentaria que regule la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público.

Documentos asociados

Boletín: 29/08/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 179
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento