Subvenciones para incentivar la concesión de permisos individuales de formación.- Convocatoria 2020.

Código de ayuda:

S46273/17

Norma:

ORDEN EMP/746/2017, de 30 de agosto. Resolución de 13 de septiembre de 2017. Resolución de 27 de agosto de 2018. Resolución de 11 de septiembre de 2019. ORDEN EEI/742/2020, de 31 de julio. Resolución de 7 de septiembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de octubre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.250

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva para el año 2020, subvenciones públicas para incentivar la concesión de permisos individuales de formación para los trabajadores.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito se distribuirá entre las solicitudes que cuenten con mayor valoración técnica hasta agotar el crédito disponible. La cuantía de la subvención a conceder se determinará en función de las horas de la acción formativa para la que se autoriza el permiso, según el siguiente criterio:

De 100 horas a 125 horas 500 €

De 126 horas a 150 horas 750 €

De 151 horas a 199 horas 1.000 €

De 200 horas en adelante 1.250 €

2.– La cuantía máxima de la subvención será de 5.250 euros por beneficiario, con independencia de los permisos individuales autorizados. En ningún caso se podrá conceder una subvención por importe superior al solicitado.

3.– En el caso, de que el trabajador destinatario del permiso individual de formación sea menor de 35 años, la cuantía de la subvención a conceder se incrementará en 500 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los empresarios o empleadores, entendiendo por éstos las personas físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios retribuidos por cuenta ajena, siempre que tengan centros de trabajo en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, y coticen por la contingencia de formación profesional, tengan o no ánimo de lucro.

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