Subvenciones para hijos/as de familias numerosas que acudan a comedores escolares.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S09719/12Norma:
Pamplona, 7 de marzo de 2012.Plazo de Solicitud:
Consultar según tipo de actuación.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar a las familias numerosas, de Pamplona, con ayudas económicas para que puedan hacer frente al costo del comedor escolar de los hijos/as que acudan al mismo en los periodos enero-junio 2012 o septiembre-diciembre de 2012, en las etapas de Segundo Ciclo de Infantil o Primaria y hagan uso del mismo.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que, reuniendo los requisitos generales y no estando incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, cumplan, además, los requisitos establecidos.Requisitos:
1. Estar en posesión del carnet de familia numerosa.2. Empadronamiento y residencia efectiva en Pamplona de todos los miembros de la familia con una antigüedad mínima de un año: que sean residentes, junto con el conjunto de miembros de la unidad familiar, y en consecuencia empadronada toda la unidad familiar en Pamplona, para el periodo de ayuda enero-junio 2012, con anterioridad al 31 de enero del 2011 y, para el periodo septiembre-diciembre de 2012, con anterioridad al 30 de septiembre del 2011 y que permanezca en la misma situación, de empadronamiento y residencia, durante los periodos de tiempo que abarcan estas ayudas.
(*) excepciones: en los casos de Reagrupamiento familiar, así como en los de Adopción, no se exigirá el cumplimiento del requisito de empadronamiento continuado de los menores, tal y como se establece en el punto anterior (punto 1), pero sí el del resto de la unidad familiar (padres y otros miembros de la unidad familiar). Esta situación deberá demostrarse documentalmente, para ser estudiada por la Comisión de Valoración.
3. Hijos/as escolarizados durante el periodo correspondiente en las etapas de Segundo Ciclo de Infantil o de Primaria, y que utilicen el comedor escolar de manera habitual. Incluido niños/as que padezcan alguna discapacidad y estén cursando el Ciclo de Primaria en Centro Escolar de Integración.
4. Que la renta per cápita mensual, de la unidad familiar, no deberá superar los 700 € .
Documentos asociados
Boletín:
26/03/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
26/03/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 59
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento