Subvenciones para fomentar la innovacion tecnologica de las TIC, a los autonomos y empresas de economia social, recogidas en el Programa Integral para el Fomento de la Cultura Emprendedora, previsto en el Acuerdo por el Empleo y Progreso de Asturias 2013-2015.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S38819/14

Norma:

Resolución de 24 de julio de 2014. Resolución de 25 de julio de 2014. Resolución de 5 de marzo de 2015. Resolución de 28 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones a trabajadores autónomos y empresas de economía social, destinadas a promover la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), en régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1) Facilitar e incentivar la presencia de los autónomos y empresas de economía social en Internet a través de páginas web, hasta el 50% del gasto máximo subvencionable.

2) Facilitar e incentivar a los autónomos y empresas de economía social la Implantación de Software de gestión avanzada: hasta el 50% del gasto máximo subvencionable.

En todo caso, el máximo de subvención por beneficiario, será de 2.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

a) Trabajadores autónomos que ejerzan una actividad por cuenta propia, inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y tengan su centro de trabajo o establecimiento abierto al publico, así como su domicilio fiscal, en el Principado de Asturias.

b) Sociedades laborales y cooperativas con socios trabajadores o de trabajo, que estén radicadas y desarrollen su actividad económica en el territorio del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Facilitar e incentivar la presencia de los autónomos y empresas de economía social en Internet.

2. Implantación de software de gestión avanzada.

Requisitos:

A. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para realizar la actividad que constituye el objeto de la subvención, así como realizar la actividad subvencionable.

B. De conformidad con el artículo 14.1 apdo. e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en relación con el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y con el artículo 10 del Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, los beneficiarios de las subvenciones y ayudas deberán acreditar, mediante certificación, a la fecha de la propuesta de resolución de concesión, el hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social así como con la Hacienda del Principado de Asturias o bien autorizar a la Administración del Principado de Asturias a obtener dichos certificados.

C. No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Los trabajadores autónomos que formen parte de una comunidad de bienes o sociedad civil podrán ser beneficiarios siempre y cuando soliciten la subvención a título personal, y con el límite de una solicitud por comunidad de bienes o sociedad civil.

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 176
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/07/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 176
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 31/03/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 75
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 13/05/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 109
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento