Subvenciones para fomentar la apertura de establecimientos en el término municipal de Palma del Río.

Código de ayuda:

S13982/04

Norma:

Anuncio 3873 de 14 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: Sin determinar

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Sufragar los gastos de implantación de establecimientos o cambio de titularidad de los mismos.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Ayuntamiento de Palma del Río (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- En el supuesto previsto en punto 1º:
CLASE DE ACTIVIDAD IMPORTE CUOTA FIJA
ACTIVIDADES NO CALIFICADAS 103 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO III 154,50 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO II 257,50 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO I 360,50 euros
· Cajas de Ahorros, bancos, entidades financieras Agencias o sucursales de los mismos .............. 531,50 Euros
· Cocheras o garajes:
- De 1 a 10 plazas ............................................... 49,85 Euros
- De 11 a 15 plazas ............................................. 73,13 Euros
- De 16 a 20 plazas ............................................. 96,30 Euros
- De 21 a 30 plazas ............................................. 116,28 Euros
- De 30 en adelante ............................................. 144,50 Euros

- En el supuesto previsto en el punto 2º:
CLASE DE ACTIVIDAD IMPORTE CUOTA FIJA
ACTIVIDADES NO CALIFICADAS 43,26 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO III 64,89 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO II 108,15 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO I 151,41 euros
· Cajas de Ahorros, bancos, entidades financieras Agencias o sucursales de los mismos .............. 223,26 Euros
· Cocheras o garajes:
- De 1 a 10 plazas ............................................... 20,94 Euros
- De 11 a 15 plazas ............................................. 30,70 Euros
- De 16 a 20 plazas ............................................. 40,49 Euros
- De 21 a 30 plazas ............................................. 48,83 Euros
- De 30 en adelante ............................................. 60,72 Euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas por implantación de establecimientos o cambio de titularidad de los mismos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1º.- Financiar en parte los gastos de primer establecimiento cuando el solicitante sea persona física menor de 30 años, o siendo una empresa de economía social como Cooperativas, Sociedades Anónimas Laborales, o Sociedades Limitadas Laborales, la mayoría de sus miembros sean menores de 30 años.

2º.- Financiar, igualmente en parte los gastos de las variaciones que tengan lugar como consecuencia del cambio de titularidad en las Licencias Municipales de Apertura que se produzcan:
a) Entre cónyuges, ascendientes o descendientes por línea directa hasta el primer grado.
b) Personas menores de treinta años o siendo Cooperativas, Sociedades Anónimas Laborales, o Sociedades Limitadas Laborales, la mayoría de sus miembros sean menores de 30 años.

Requisitos:

- En la apertura:
Vendrán determinados por un lado, por la edad de los solicitantes, persiguiendo con ello fomentar el autoempleo e incidir en el colectivo de mayor porcentaje de desempleados, por lo que aquellas personas, que siendo menores de treinta años deseen ejercer una actividad empresarial, comercial o profesional, y para ello soliciten la correspondiente Licencia de Apertura de Establecimientos, se les aplicará la subvención a que hace referencia el presente Reglamento.
- El el traspaso:
También se incluirán como beneficiarios a los que se les expida Licencias de Apertura por cambios de titularidad, cuando esta se
produzca entre cónyuges, ascendientes o descendientes por línea directa hasta el primer grado, fomentando con ello el cambio en el ejercicio de la actividad motivado por la tradición familiar del negocio, que pasa de padres a hijos, etc.

Documentos asociados

Boletín: 17/05/2004
BO Provincia de Córdoba- Nº 71
Documento: Convocatoria Descargar Documento