Subvenciones para financiar las actuaciones de los ayuntamientos de la Comunidad Autonoma de Cantabria en materia de redaccion de planeamiento urbanistico y delimitaciones graficas de suelo urbano.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S12646/14

Norma:

Orden MED/7/2014, de 26 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de las ayudas, a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la redacción de Delimitaciones Gráfi cas de Suelo Urbano y la redacción de Planes Generales de Ordenación Urbana adaptados a la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, o su revisión, que sean llevadas a cabo por parte de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejeria de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de ayuntamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos de Cantabria que procedan a adaptar sus instrumentos de planeamiento a la legislación vigente o a la revisión de los mismos, y hayan iniciado la tramitación del procedimiento de elaboración o revisión del Plan General de Ordenación Urbana o, en su caso, elaboración del instrumento de Delimitación Gráfica de Suelo Urbano, encontrándose en alguna de las fases del procedimiento o incluso se haya procedido a la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento urbanístico con posterioridad a la fecha de presentación de solicitudes establecida en la Orden MED/13/2013, de 23 de septiembre, por la que se establecían las bases reguladoras y se convocaron subvenciones para fi nanciar las actuaciones de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de redacción de planeamiento urbanístico y delimitaciones gráficas de suelo urbano.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Ayuntamientos cuya actuación consista en la redacción o revisión de su Plan General de
Ordenación Urbana:

a) Ayuntamientos con población superior a 10.000 habitantes, con un máximo de 80.000 €, se establecen las siguientes cuantías máximas de ayudas:

1. A la aprobación del documento de Presupuestos Iniciales y Orientaciones Básicas (Avance) del PGOU: 20.000 €.

2. A la aprobación inicial del documento del PGOU: 20.000 €.

3. A la aprobación provisional del documento del PGOU: 20.000 €.

4. A la aprobación definitiva del documento del PGOU: 20.000 €.

b) Ayuntamientos con población superior a 5.000 habitantes y hasta 10.000 habitantes, con un máximo de 60.000 €, se establecen las siguientes cuantías máximas de ayudas:

1. A la aprobación del documento de Presupuestos Iniciales y Orientaciones Básicas (Avance)
del PGOU: 15.000 €.

2. A la aprobación inicial del documento del PGOU: 15.000 €.

3. A la aprobación provisional del documento del PGOU: 15.000 €.

4. A la aprobación definitiva del documento del PGOU: 15.000 €.

c) Ayuntamientos con población menor o igual a 5.000 habitantes, con un máximo de 40.000 €, se establecen las siguientes ayudas:

1. A la aprobación del documento de Presupuestos Iniciales y Orientaciones Básicas (Avance) del PGOU: 10.000 €.

2. A la aprobación inicial del documento del PGOU: 10.000 €.

3. A la aprobación provisional del documento del PGOU: 10.000 €.

4. A la aprobación definitiva del documento del PGOU: 10.000 €.

d) No obstante, cuando se trate de un ayuntamiento del que se predique la condición de pequeño municipio, a los efectos del artículo 89 de la Ley 2/2001, y se acoja a las especialidades recogidas en el art. 91 de la Ley 2/2001, el importe máximo ascenderá a 30.000 €, con el siguiente régimen de ayudas:

1. A la aprobación inicial del documento del PGOU: un máximo de 10.000 €.

2. A la aprobación provisional del documento del PGOU: un máximo de 10.000 €.

3. A la aprobación definitiva del documento del PGOU: un máximo de 10.000 €.

Si no obstante la condición de pequeño municipio el ayuntamiento tramitara el Plan General de Ordenación Urbana ajustándose a los requisitos establecidos con carácter general y sin acogerse a las especialidades establecidas en el art. 91 de la Ley 2/2001, el régimen de ayudas será el establecido en el apartado c).

B) Ayuntamientos cuya actuación consista en la elaboración de la Delimitación Gráfica de
Suelo Urbano de su término municipal, se establecen las fases siguientes:

Hasta un máximo de 25.000 euros, se establecen las siguientes ayudas:

1. A la aprobación inicial del documento de la DGSU: hasta 12.500 €.

2. A la aprobación definitiva del documento de la DGSU: hasta 12.500 €.

Documentos asociados

Boletín: 03/04/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 65
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento