Subvenciones para financiar la reforma y modernización de instalaciones y equipamientos de espacios escénicos existentes.
Código de ayuda:
S08719/26Norma:
RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2025. Resolución de 17 de marzo de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de abril de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para la ejecución de obras de reforma, rehabilitación y modernización de instalaciones y equipamiento de salas o espacios escénicos existentes, que se ejecuten íntegramente dentro del año natural que determine laconvocatoria.
Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Comunidad ValencianaConvoca:
Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Hasta el 80%Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas, entidades y personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, gestoras de salas públicas o privadas, si han sido autorizadas por sus propietarios para la realización de obras o equipamientos en las mismas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los costes de inversión, en particular, los costes de construcción, ampliación, adquisición, mejora o renovación de infraestructuras culturales.Requisitos:
a) Las personas físicas y las personas jurídicas, públicas o privadas, que ostenten la propiedad de los inmuebles donde se ubiquen los espacios escénicos en los que se pretenda llevar a cabo la inversión.b) Los entes y organismos públicos con personalidad jurídica propia, creados por entidades locales, si les corresponde la gestión de los espacios escénicos y han sido autorizados por estas para tomar parte en la correspondiente convocatoria. En este caso, la solicitud de la subvención, así como la ejecución y justificación de la inversión, corresponderán al ente u organismo autónomo y las obligaciones referidas al uso del inmueble a quien ostente la propiedad del mismo.
c) Las empresas, entidades y personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, gestoras de salas públicas o privadas, si han sido autorizadas por sus propietarios para la realización de obras o equipamientos en las mismas. El ente gestor será responsable de la solicitud de la subvención y de la ejecución de la inversión y su justificación. Las obligaciones de uso o destino de la sala serán asumidas por el beneficiario, y subsidiariamente por el propietario de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras.
Documentos asociados
Boletín:
00/00/0000
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº
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Boletín:
00/00/0000
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº
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Boletín:
23/03/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10327
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10327
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