Subvenciones para financiar la reforma y modernización de instalaciones y equipamientos de espacios escénicos existentes.

Código de ayuda:

S08719/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2025. Resolución de 17 de marzo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de abril de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para la ejecución de obras de reforma, rehabilitación y modernización de instalaciones y equipamiento de salas o espacios escénicos existentes, que se ejecuten íntegramente dentro del año natural que determine la
convocatoria.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el 80%

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas, entidades y personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, gestoras de salas públicas o privadas, si han sido autorizadas por sus propietarios para la realización de obras o equipamientos en las mismas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes de inversión, en particular, los costes de construcción, ampliación, adquisición, mejora o renovación de infraestructuras culturales.

Requisitos:

a) Las personas físicas y las personas jurídicas, públicas o privadas, que ostenten la propiedad de los inmuebles donde se ubiquen los espacios escénicos en los que se pretenda llevar a cabo la inversión.

b) Los entes y organismos públicos con personalidad jurídica propia, creados por entidades locales, si les corresponde la gestión de los espacios escénicos y han sido autorizados por estas para tomar parte en la correspondiente convocatoria. En este caso, la solicitud de la subvención, así como la ejecución y justificación de la inversión, corresponderán al ente u organismo autónomo y las obligaciones referidas al uso del inmueble a quien ostente la propiedad del mismo.

c) Las empresas, entidades y personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, gestoras de salas públicas o privadas, si han sido autorizadas por sus propietarios para la realización de obras o equipamientos en las mismas. El ente gestor será responsable de la solicitud de la subvención y de la ejecución de la inversión y su justificación. Las obligaciones de uso o destino de la sala serán asumidas por el beneficiario, y subsidiariamente por el propietario de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 00/00/0000
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/03/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10327
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento