Subvenciones para financiar la realización de inversiones en los talleres artesanos de Gran Canaria.

Código de ayuda:

S10600/04

Norma:

Convocatoria de 18 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover inversiones, tanto en los talleres de los artesanos, como en los talleres artesanos de formación de los Ayuntamientos, así como fomentar en aquéllos la comercialización de sus productos mediante catálogos.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Cabildo Insular de Gran Canaria (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención tendrá una cuantía máxima del 50% del coste del gasto a que se aplique.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los artesanos, empresas artesanas y Ayuntamientos radicados en la Isla de Gran Canaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos susceptibles de obtener ayudas, serán los siguientes:
a) Subvenciones hasta 6.000 euros, para la adquisición, mejora, ampliación o modernización de las instalaciones en los talleres artesanos particulares, así como su promoción. A tal efecto, se consideran conceptos subvencionables los detallados a continuación:
- Edificaciones, compra de locales o reformas interiores de los mismos, necesarios para el desarrollo de la actividad.
- Acometidas de servicios, instalaciones y obras exteriores de los talleres artesanos, adecuadas a la realización del proyecto.
- Adquisición de bienes de equipo, informático, maquinaria, herramientas y mobiliario, necesarios para el desarrollo de la actividad.
- Adquisición de libros de contenido directamente relacionado con las técnicas de trabajo del oficio de que se trate.
- Confección de catálogos publicitarios de productos artesanos, hasta 1.200 euros.

b) Subvenciones hasta 6.000 euros, para mejora, ampliación o modernización de las instalaciones en los talleres artesanos de formación de los Ayuntamientos. Se considerarán conceptos subvencionables los detallados a continuación:
- Reforma de locales, necesarios para el desarrollo de la actividad.
- Acometidas de servicios, instalaciones y obras exteriores adecuadas a la realización del proyecto.
- Adquisición de bienes de equipo, maquinaria, herramientas y mobiliario, necesarios para el desarrollo de la actividad.

Requisitos:

a) Para los artesanos:
- Carnet de Artesano vigente, expedido por el Cabildo de Gran Canaria.
- Estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, en su caso.
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social. Este requisito deberá cumplirse en el momento de la solicitud y mantenerse en el de la concesión, así como en la aceptación y posterior justificación de la subvención.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el día de la fecha de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). Se entenderá acreditado este requisito mediante certificado del Organismo correspondiente, del que resulte la inexistencia de deudas pendientes.

b) Para el caso de Ayuntamientos:
Sus talleres artesanos, deberán estar en funcionamiento y desarrollar su actividad en el marco de un proyecto de trabajo.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Acuerdo de la Comisión de Gobierno Municipal u órgano competente, aprobando la solicitud de subvención.
- Existencia de consignación presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto del proyecto, acreditado mediante la certificación oportuna.

c) Para el caso de empresas artesanas:
- Deberán estar debidamente legalizadas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Cumplir los demás requisitos establecidos en el artículo 3 y concordantes de la Ley 3/2001, de 26 de junio, de Artesanía de Canarias.

Todos los solicitantes deberán haber justificado en los plazos establecidos las subvenciones recibidas con anterioridad, de la Fedac o de otros Organismos Públicos.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2004
BO Provincia de Las Palmas- Nº 45
Documento: Convocatoria Descargar Documento