Subvenciones para financiar el funcionamiento de las Sociedades Colaboradoras de Pesca. Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar el funcionamiento de las Sociedades Colaboradoras de Pesca - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S59082/05

Norma:

ORDEN MAM/1798/2005, de 30 de diciembre. ORDEN MAM/1753/2005, de 23 de diciembre. ORDEN MAM/325/2009, de 19 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar el funcionamiento de las Sociedades Colaboradoras de Pesca para que, favoreciendo su estructuración y vertebración, se favorezcan los cauces que permitan la participación y colaboración de los pescadores en la conservación y gestión de nuestros ríos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía global máxima de la subvención para los conceptos descritos en la base tercera de la presente orden, será de 6 euros por socio en activo en el año 2005. A tal efecto se considera socio en activo a aquel que en el año indicado se encontraba al corriente del pago de las cuotas asociativas.

Se establecen las siguientes excepciones:

a) Cuando el resultado de multiplicar el número de socios por 6 euros sea inferior a 1.000 euros, la subvención consistirá en 1.000 euros.
b) Cuando el resultado de multiplicar el número de socios por 6 euros sea superior a 6.000 euros, la subvención consistirá en 6.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Sociedades de Pescadores ubicadas en la Comunidad de Castilla y León que tengan reconocido por la Consejería de Medio Ambiente el carácter de Sociedades Colaboradoras de Pesca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de alquiler de locales: Los gastos anuales de alquiler de oficina
o sede social.

b) Gastos de contratación de personal: Los gastos derivados de la contratación
de personal auxiliar o administrativo.

c) Gastos de funcionamiento: Los gastos generados por el normal funcionamiento
de la Sociedad, admitiéndose únicamente como tales:

GRUPO I:

– Ordenadores (de sobremesa y portátiles), impresoras, scaners, grabadoras de CD, ampliaciones de memoria, cañones para presentaciones y reproductores de DVD.
– Software de gestión de socios.
– Mobiliario de oficina (mesas, sillas, flexos, estanterías y archivadores).
– Libros relacionados con el mundo de la pesca, para la creación de una biblioteca en la Sociedad.

GRUPO II:

– Consumibles informáticos (disketes, CD´s, cartuchos de tinta y toners).
– Material fungible de papelería (folios, bolígrafos, lapiceros, sobres, cuadernos, selladores, archivadores de cartón, cuadernos de actas, etc.).
– Gastos de correo.
– Gastos de luz, agua, calefacción.
– Suscripción a revistas relacionadas con el mundo de la pesca.
– Creación y mantenimiento de página WEB de la Sociedad.
– Seguros suscritos para actividades colectivas de la Sociedad.
– Alquiler de autobuses para actividades.

Requisitos:

En ningún caso podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas por la presente orden, aquellos solicitantes en los que concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 3
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento