Subvenciones para favorecer la insercion laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Código de ayuda:

S18673/13

Norma:

RESOLUCIÓN 795/2013, de 16 de mayo. RESOLUCIÓN 208/2018, de 27 de febrero. RESOLUCIÓN, 1737/2018 de 28 de junio. RESOLUCIÓN 500E/2019, de 2 de abril. RESOLUCIÓN 53E/2020, de 12 de febrero. RESOLUCIÓN 33/2021, de 10 de febrero. RESOLUCIÓN 1951E/2021, de 28 de mayo.

Plazo de Solicitud:

1 mes tras la fecha de inicio del contrato.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la integración laboral de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, con centros de trabajo en la Comunidad Foral de Navarra.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes de la subvención a conceder son los siguientes:

1.a) Contrato indefinido a jornada completa: 4.000 euros.

1.b) Contrato indefinido a mujeres a jornada completa: 4.400 euros.

2.a) Persona con discapacidad con especiales dificultades de acceso al mercado ordinario de trabajo: 8.000 euros.

2.b) Persona con discapacidad mujer con especiales dificultades de acceso al mercado ordinario de trabajo: 8.400 euros.

3. Por adaptación del puesto de trabajo, dotación de medios de protección personal o para eliminar barreras arquitectónicas, hasta: 1.800 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) En el supuesto de las medidas de fomento del empleo de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias de trabajo, los empleadores que contraten a los trabajadores con discapacidad en los términos de esta convocatoria.

b) En el supuesto de las medidas de tránsito al empleo ordinario de trabajo, a través de los enclaves laborales, las empresas colaboradoras que contraten trabajadores con discapacidad procedentes de un enclave laboral.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Medidas de fomento del empleo de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias de trabajo.

b) Medidas de tránsito al empleo ordinario de trabajo, a través de los enclaves laborales.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

b) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves, de conformidad con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

c) No hallarse incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

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