Subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S25146/17

Norma:

ORDEN de 15 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de julio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria y a entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre, y proceder a su convocatoria para el año 2017. Dicho programa consiste en incorporar a las entidades de acción voluntaria y a las entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia a jóvenes gallegos/as para su colaboración como voluntarios/as en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten de acuerdo con esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades de acción voluntaria y entidades locales que realicen proyectos de voluntariado enmarcados en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2017.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los proyectos de acción voluntaria presentados por entidades de acción voluntaria y entidades locales siempre que dicha acción voluntaria la desarrollen jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y los 30 años; para los menores de 18 años se precisa, además, autorización del padre/madre o tutor/a legal, y que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, prioritaria pero no exclusivamente, en alguna de las siguientes áreas:

a) Actividades relacionadas con el Camino de Santiago.

b) Actividades de recuperación de la cultura/arte/tradiciones populares gallegas.

c) Actividades con colectivos en situación de riesgo.

d) Actividades juveniles.

e) Actividades ambientales.

f) Actividades relacionadas con la igualdad de género.

g) Puesta en marcha de programas de voluntariado en el ámbito familiar por parte de las entidades.

h) Actividades relacionadas con la puesta en valor del medio rural.

i) Actividades relacionadas con el bienestar de las personas mayores.

Requisitos:

a) Que las entidades de acción voluntaria y las entidades locales estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. No obstante, también podrán solicitar ayudas las entidades no inscritas que, en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, hayan presentada solicitud de inscripción en la sección de entidades del Registro de Acción Voluntaria de Galicia.

b) Tener sede permanente o domicilio social en Galicia y desarrollar los programas subvencionables en la Comunidad Autónoma gallega a través de voluntarios o voluntarias.

c) Tener debidamente contratados todos los seguros de responsabilidad civil y de accidentes de todas las personas voluntarias que participen en el proyecto presentado, durante todo el tiempo de ejecución de éste.

Documentos asociados

Boletín: 01/06/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 103
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/06/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 103
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento