Subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de Voluntariado Juvenil.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S18155/15

Norma:

ORDEN de 7 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 18 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria y a entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de Voluntariado Juvenil, desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2015, y proceder a su convocatoria para el año 2015. Dicho programa consiste en incorporar a las entidades de acción voluntaria y a las entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia a jóvenes gallegas/os para su colaboración como voluntarias/os en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar los 4.800 €, que correspondería a un proyecto de 8 voluntarios/as colaborando un mínimo de 6 horas al día por un total de 60 días; o la cantidad de 12.000, que correspondería a un proyecto de 20 voluntarios colaborando un mínimo de 6 horas al día por un total de 60 días, en aquellos casos en que se pueda solicitar hasta un máximo de 20 voluntarios/as.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades de acción voluntaria y las entidades locales que realicen proyectos de voluntariado enmarcados en el programa Servicio de Voluntariado Juvenil, desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2015.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de acción voluntaria presentados por entidades de acción voluntaria y entidades locales siempre que dicha acción voluntaria sea desarrollada por jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y los 30 años -para los menores de 18 años se necesita, además, autorización del padre/madre o tutor/a legal-, y que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad autónoma de Galicia, prioritaria, pero no exclusivamente, en alguna de las siguientes áreas:

– Actividades relacionadas con el Camino de Santiago.

– Actividades de recuperación de la cultura/arte/tradiciones populares gallegas.

– Actividades con colectivos en situación de riesgo.

– Actividades juveniles.

– Actividades ambientales.

– Actividades relacionadas con la igualdad de género.

– Puesta en marcha de programas de voluntariado en el ámbito familiar por parte de las
entidades.

Requisitos:

– Que las entidades de acción voluntaria y las entidades locales estén legalmente constituidas
e inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. No obstante, también podrán solicitar ayudas las entidades no inscritas que, en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, hayan presentado solicitud de inscripción en la sección de entidades del Registro de Acción Voluntaria de Galicia.

– Tener sede permanente o domicilio social en Galicia y desarrollar los programas subvencionables en la Comunidad autónoma gallega a través de voluntarios o voluntarias.

– Tener debidamente contratados todos los seguros de responsabilidad civil y de accidentes de todas las personas voluntarias que participen en el proyecto presentado, durante todo el tiempo de ejecución de este.

Documentos asociados

Boletín: 17/04/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 72
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento