Subvenciones para entes locales de los municipios declarados como zonas de protección especial del ambiente atmosférico mediante el Decreto 226/2006, para promover la reducción de emisiones de óxidos de nitrógeno y partículas en el aire asociadas a los vehículos pesados diésel de su titularidad vinculados a la prestación de servicios públicos, Convocatoria para el año 2009.

Código de ayuda:

S39882/08

Norma:

RESOLUCION MAH/1564/2008, de 13 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Hacer pública la convocatoria de las subvenciones a entes locales para el año 2009 para promover la reducción de emisiones de óxidos de nitrógeno y partículas en el aire asociadas a los vehículos pesados diésel de su titularidad vinculados a la prestación de servicios públicos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones reguladas en estas bases los entes locales que reúnan los siguientes requisitos y condiciones:

a) Estar ubicado y operar en el ámbito territorial delimitado por el Decreto 226/2006, de 23 de mayo, de declaración de zonas de protección especial del ambiente atmosférico.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante la aportación de la documentación que prevé la base 6 de la presente Resolución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Pueden ser objeto de las subvenciones reguladas en estas bases las siguientes actuaciones:

La adquisición, compra o arrendamiento, en régimen de leasing, por parte de los entes locales, de nuevos vehículos de más de 3,5 toneladas destinados a la prestación de servicios públicos.

La adaptación de vehículos diésel de su titularidad, de más de 3,5 toneladas y con una antigüedad inferior a 7 años, mediante la implantación de medidas correctoras que reduzcan las emisiones al aire de óxidos de nitrógeno y partículas en suspensión de diámetro inferior a 10 micras, siempre y cuando se acredite esta reducción.

Las actuaciones subvencionables deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser vehículos diésel vinculados a la prestación de servicios públicos, como los servicios de transporte, recogida de basuras o limpieza.
b) Ser vehículos de más de 3,5 toneladas de tipo convencional, Euro I, Euro II y Euro III de acuerdo con las directivas 91/542/EEC Stage I, 91/542/EEC Stage II y 1999/96/EC Stage I.
c) Las emisiones al aire de los vehículos adquiridos deben ser, como máximo, las establecidas por el Euro V, de acuerdo con la Directiva 1999/96/EC Stage III.
d) La adaptación de vehículos mediante la implantación de medidas correctoras debe comportar una reducción de las emisiones de partículas de como mínimo el 80% y que, al mismo tiempo y como mínimo, no incrementen los óxidos de nitrógeno.
e) Más del 50% del recorrido del vehículo se debe efectuar dentro del área de protección especial declarada mediante el Decreto 226/2006, de 23 de mayo.

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5140
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 24/03/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5345
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento