Subvenciones para el uso eficiente de la energia y aprovechamiento de energias renovables.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S51637/11

Norma:

ORDEN de 14 de diciembre de 2011. ORDEN de 4 de junio de 2012. ORDEN de 14 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/01/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones establecidas en los Convenios de colaboración suscritos entre el Gobierno de Aragón y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y convocar las mismas, en régimen de concurrencia competitiva en el ejercicio 2011.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de medida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, empresas, entidades públicas, empresas de servicios energéticos, Comunidades de vecinos o Mancomunidades de vecinos que se exponen para cada tipo de medida.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los sectores y las áreas que podrán ser objeto de subvención son:

- Para el ahorro y eficiencia energética: el sector industria, el sector transporte, el sector edificación, el sector servicios públicos, el sector agricultura y pesca, y el sector transformación de la energía.

- Para el fomento de energías renovables: el área de biomasa térmica, el área de solar térmica de baja temperatura, el área de solar fotovoltaica o mixta eólico-fotovoltaica aislada, el área de pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás, el área de equipos para tratamiento en campo de biomasa, el área de surtidores para biocarburantes, y el área de geotermia.

Requisitos:

- No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

- No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, teniendo presente lo dispuesto en el apartado 15 de esta Orden para su justificación.

- No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas en crisis, de acuerdo a la definición de empresa en crisis dada en el punto 2.1 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (2004/C 244/02), publicadas en D.O.U.E. el 1.10.2004. Para el caso de ayudas a la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera concesibles a empresas, u otras entidades que desarrollen una actividad económica, que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, la definición de empresa en crisis, para el caso de pequeñas y medianas empresas, será la que figura en el artículo 1.7 del Reglamento (CE) n.º 800/2008. Para este caso, además, no podrán obtener la condición de beneficiario las empresas que estén sujetas a una Orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión europea
que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

Documentos asociados

Boletín: 16/12/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 246
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 17/01/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 10
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 19/06/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 118
Documento: Modificación Plazo Justificación Descargar Documento
Boletín: 27/06/2012
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