Subvenciones para el transporte interinsular de cadáveres.

Código de ayuda:

S13573/06

Norma:

Resolución de 21 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

3 meses desde que se produjo el traslado.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las actividades objeto de subvención son las siguientes:

a) El transporte de las personas que hayan muerto en una isla diferente a la de su residencia habitual, a la que hayan sido trasladadas por prescripción del servicio público de salud, a su isla de residencia habitual, donde han de ser trasladadas para ser enterradas o incineradas.
b) Las prácticas mortuorias que se puedan realizar para la conservación del cadáver, incluyendo el embalsamamiento, únicamente para su adecuado transporte.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Salud y Consumo (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Todas aquellas personas que se hayan hecho cargo de los gastos funerarios ocasionados por la muerte de la persona.

Dada la naturaleza de la subvención, no son de aplicación a los beneficiarios las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 62
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento