Subvenciones para el periodo 2015-2016, que tiene por objeto la traducción al euskera de la rotulación variable y la capacitación en euskera del personal de los grandes establecimientos comerciales de la CAV.

Código de ayuda:

S46564/15

Norma:

ORDEN de 11 de noviembre de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de diciembre de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la subvención (2015-2016) para la traducción al euskera de la rotulación variable y la formación en euskera del personal de los grandes establecimientos comerciales de la CAV.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Comercio

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas con establecimientos de venta de productos o de prestación de servicios, ubicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi cuya actividad económica esté recogida en alguno de estos apartados de la CNAE:

47 Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas

4711 Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco

4719 Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados

4752 Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados

4754 Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados

4759 Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en
establecimientos especializados

4764 Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados

4765 Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados

4771 Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados

Además de actuar en uno de los epígrafes anteriores, la empresa solicitante debe tener más de 200 trabajadores y trabajadoras fijas o eventuales. El cálculo se hará en base a la jornada completa.

Para probar que los 200 trabajadores y trabajadoras están a jornada completa, la empresa solicitante, por un lado, deberá firmar la declaración responsable incluida en la hoja de solicitud y, por otro, presentar el último TC1 declarado en la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 217
Documento: Bases y Convocatoria 2015/2016 Descargar Documento