Subvenciones para el periodo 2009- 2013, dirigidas a financiar inversiones en materia de infraestructuras industriales en la Comunidad Autonoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria publica de las citadas ayudas para el ejercicio 2009.
Código de ayuda:
S45500/09Norma:
DECRETO 126/2009, de 5 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/09/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de un programa de ayudas en forma de subvención a fondo perdido, dirigidas a la realización de inversiones que contribuyan a la modernización y adecuación de áreas industriales, ya existentes, en Extremadura.Categorías Subvención
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía, Comercio e Innovación (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se establece una subvención a fondo perdido, cuya cuantía podrá alcanzar hasta el 75% del importe de la inversión subvencionable. El importe máximo de inversión subvencionable no podrá exceder de 500.000 euros por entidad beneficiaria y año, para la totalidad de las actuaciones.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Municipios y entidades locales menores que pretendan desarrollar proyectos encuadrados en la actuaciónregulada en el artículo siguiente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son subvencionables las actuaciones promovidas por los municipios y entidades locales menores que persigan la modernización, adecuación o reformas de infraestructuras y equipamientos de polígonos industriales ya existentes, que procedan de un proceso de urbanización y que hayan sido debidamente recepcionadas por los beneficiarios de las ayudas contempladas en el presente Decreto, y que supongan una mejora sustancial de las mismas o ampliación de los servicios que se presten en el polígono industrial, siempre que las mejoras beneficien o supongan una clara ventaja competitiva para la totalidad de las empresas allí instaladas y sin que en ningún caso tales actuaciones puedan suponer la realización deinversiones que se refieran, afecten o beneficien a una sola empresa o grupo de empresas del área industrial y no al conjunto de todas las empresas ubicadas en la misma.
Requisitos:
1. Presentación por parte de la entidad promotora del proyecto de la correspondiente solicitud, según modelo del Anexo I del presente Decreto.2. No haber iniciado las inversiones con anterioridad a la comunicación de elegibilidad a la que hace referencia el artículo 7 del presente Decreto.
3. No hallarse comprendido en las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que por la naturaleza de los entes locales puedan serles aplicables.
Documentos asociados
Boletín:
11/06/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 111
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 111
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento