Subvenciones para el periodo 2009- 2013, dirigidas a financiar inversiones en materia de infraestructuras industriales en la Comunidad Autonoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria publica de las citadas ayudas para el ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S45500/09

Norma:

DECRETO 126/2009, de 5 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de un programa de ayudas en forma de subvención a fondo perdido, dirigidas a la realización de inversiones que contribuyan a la modernización y adecuación de áreas industriales, ya existentes, en Extremadura.

Categorías Subvención

    Localización del organismo gestor

    Extremadura

    Convoca:

    Consejería de Economía, Comercio e Innovación (Extremadura)

    ¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

    Se establece una subvención a fondo perdido, cuya cuantía podrá alcanzar hasta el 75% del importe de la inversión subvencionable. El importe máximo de inversión subvencionable no podrá exceder de 500.000 euros por entidad beneficiaria y año, para la totalidad de las actuaciones.

    Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    • Ayuntamientos/Municipios
    • Organismos / Entidades Públicas

    Detalle beneficiarios:

    Municipios y entidades locales menores que pretendan desarrollar proyectos encuadrados en la actuación
    regulada en el artículo siguiente.

    ¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

    Son subvencionables las actuaciones promovidas por los municipios y entidades locales menores que persigan la modernización, adecuación o reformas de infraestructuras y equipamientos de polígonos industriales ya existentes, que procedan de un proceso de urbanización y que hayan sido debidamente recepcionadas por los beneficiarios de las ayudas contempladas en el presente Decreto, y que supongan una mejora sustancial de las mismas o ampliación de los servicios que se presten en el polígono industrial, siempre que las mejoras beneficien o supongan una clara ventaja competitiva para la totalidad de las empresas allí instaladas y sin que en ningún caso tales actuaciones puedan suponer la realización de
    inversiones que se refieran, afecten o beneficien a una sola empresa o grupo de empresas del área industrial y no al conjunto de todas las empresas ubicadas en la misma.

    Requisitos:

    1. Presentación por parte de la entidad promotora del proyecto de la correspondiente solicitud, según modelo del Anexo I del presente Decreto.

    2. No haber iniciado las inversiones con anterioridad a la comunicación de elegibilidad a la que hace referencia el artículo 7 del presente Decreto.

    3. No hallarse comprendido en las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que por la naturaleza de los entes locales puedan serles aplicables.

    Documentos asociados

    Boletín: 11/06/2009
    DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 111
    Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento