Subvenciones para el pago de la aportacion del regimen de universalizacion de la asistencia sanitaria publica en la Comunidad Foral de Navarra a personas sin recursos.
Código de ayuda:
S41019/12Norma:
ORDEN FORAL 557/2012, de 31 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de las ayudas económicas destinadas a financiar a las personas sin recursos el acceso al régimen de universalización de la asistencia sanitaria pública en la Comunidad Foral de Navarra.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención será equivalente a la cuantía que, en aplicación del Decreto Foral 640/1996, de 18 de noviembre, se establezca para cada beneficiario en la Resolución dictada por el órgano competente del Departamento de Salud en la que se reconozca el acceso a las prestacionesdel régimen de universalización de la asistencia sanitaria pública en la Comunidad Foral de Navarra.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Permitir el acceso integral y gratuito a la prestación de la asistencia sanitaria en Navarra para aquellas personas sin recursos económicos, que de otra manera no podrían obtener la prestación de estos servicios.Requisitos:
a) Tener reconocido el acceso a la prestación del régimen de universalización de la asistencia sanitaria pública en la Comunidad Foralde Navarra.
b) Tener unos ingresos inferiores a la cuantía del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en cómputo anual y catorce pagas, en los últimos doce meses anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
c) Carecer de antecedentes penales en España, a excepción de encontrarse incursa en un proceso de incorporación social o tratamiento de reinserción.
d) No estar incursa en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13 de la Ley
Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, con excepción de la establecida en el apartado 2. e) del citado precepto. Dicha excepción
se justifica, de acuerdo con lo establecido en dicho artículo, en la propia
naturaleza de la subvención cuyas bases reguladoras establece la presente
convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
09/11/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 220
Documento: Bases y Convocatoria. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 220
Documento: Bases y Convocatoria. Descargar Documento