Subvenciones para el mantenimiento de empleo en las Agrupaciones Municipales de la Sierra Norte.
Código de ayuda:
S00619/05Norma:
Orden 3238/2004, de 20 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/02/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer en el ejercicio 2005, un sistema de subvenciones cuyos destinatarios son las Agrupaciones Municipales constituidas para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención dentro de los 42 municipios de la Sierra Norte, para el mantenimiento de los puestos de personal auxiliar administrativo, ya subvencionados por el Patronato Madrileño de Áreas de Montaña.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención de los puestos de trabajo existentes en la Agrupación, ya subvencionados, consistirá en la cantidadde 8.000 euros por puesto de trabajo y año, hasta el importe justificado.
En función de la disponibilidad presupuestaria, podrá incrementarse la subvención a cada Agrupación Municipal, hasta un 20 por 100 del importe señalado, pero siempre aplicando a todas el mismo porcentaje.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos de la Sierra Norte que hayan constituido una Agrupación Municipal para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos dirigidos a financiar el mantenimiento de los puestos de trabajo de personal auxiliar administrativo en las Agrupaciones Municipales, ya subvencionados al amparo de la Orden 146/2004, de 10 de marzo, del Vicepresidente Primero, Portavoz y Consejero de Presidencia, por la que se reguló la concesión de subvenciones para el mantenimiento de empleo en las Agrupaciones Municipales de la Sierra Norte en el año 2004 (BOCM de 16 de marzo de 2004).Se entenderá que el mantenimiento comprende también cualquier transformación de la relación laboral que afecte a la naturaleza
temporal de los puestos de trabajo ya subvencionados, siempre que no suponga una modificación de los mismos, respetándose
en todo caso, lo señalado en el párrafo anterior.
Documentos asociados
Boletín:
13/01/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 10
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 10
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento