Subvenciones para el mantenimiento de centros y desarrollo de programas de actividades en materia de educación infantil (0-3 años), y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2010.
Código de ayuda:
S10491/10Norma:
Orden de 19/02/2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/03/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar con carácter indefinido las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones que tengan como finalidad el mantenimiento de centros y el desarrollo deprogramas de actividades en materia de educación infantil (0-3 años), así como convocar las mismas para el ejercicio 2010.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención máxima a conceder por la Consejería competente en materia de educación para la financiación del mantenimiento de centros, servicios y desarrollo de programas de actividades destinadas a infancia podrá ser de hasta el cien por ciento de la cuantía solicitada por la entidad, con un máximo de 250.000,00 Euros por proyecto.El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados nacionales o internacionales, superen el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Entidades privadas sin ánimo de lucro.2. Empresas privadas, para gastos de personal y mantenimiento de Centros Privados de Educación Infantil, que se encuentren ubicados en sus centros de trabajo o en su zona o polígono industrial, con la finalidad de atender a los hijos/as menores de 3 años de sus trabajadores. Así mismo, podrán solicitar subvenciones Organismos de la Administración General del Estado para el mantenimiento de Escuelas Infantiles que deriven de acuerdos suscritos, con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con anterioridad a la publicación de la presente Orden.
3. Entidades Públicas.
4. Las personas o entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales que soliciten subvenciones, acreditarán ante el órgano concedente de la subvención que disponen de un plan de prevención de riesgos laborales y que no han sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, mediante declaración responsable suscrita por el empresario o representante legal de la empresa o entidad, ajustada al modelo que se inserta como Anexo al final de la presente Orden.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
-Gastos de personal y mantenimiento de Escuelas Infantiles dependientes de entidades públicas y de Centros Privados de Educación Infantil dependientes de entidades privadas sin ánimo de lucro y empresas privadas en los términos contemplados en la Base Tercera.-Otros programas de actividades, centros y servicios que sean considerados de interés educativo vinculado a las Escuelas Infantiles.
Requisitos:
Consultar punto tercero de la Orden.Documentos asociados
Boletín:
23/02/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 37
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