Subvenciones para el funcionamiento de Escuelas de Música dependientes de entidades sin fin de lucrodurante el año 2006.

Código de ayuda:

S31400/06

Norma:

Orden de 3 de agosto de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones para el funcionamiento de Escuelas de Música dependientes de entidades sin fin de lucro.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención a aportar en esta convocatoria para cada escuela solicitante no podrá
exceder de 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin fin de lucro titulares de Escuelas de Música, radicadas en la Región de Murcia, que cumplan las siguientes condiciones:

a) Que se adapten a lo establecido en la Orden Ministerial de 30 de julio de 1992, sobre centros no reglados
de educación musical (B.O.E. de 22 de agosto).

b) Que cuenten con instalaciones y medios materiales suficientes.

c) Que oferten enseñanza instrumental y formación musical complementaria a ésta.

d) Que realicen actividades instrumentales o vocales de conjunto, contando al menos con una agrupación
instrumental (orquesta o banda).

e) Que cuenten con un mínimo de tres profesores que posean, al menos, el Título de Profesor a que se
refiere el artículo 10 del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, sobre Reglamentación General de los
Conservatorios de Música, o titulación equivalente a efectos de docencia de la música, de planes de estudios anteriores al de 1966 o de Conservatorios de otros países.

f) Que cuenten con un mínimo de treinta alumnos matriculados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos elegibles:

- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de la actividad (folletos informativos, carteles,
libros, etc…), cuñas publicitarias.
- Contratación de actuaciones.
- Personal necesario para la realización de las actividades.
- Alquileres de equipos, sonido e iluminación.
- Premios.
- Ediciones de libros musicales, C/D, publicaciones.
- Compra de suministros de material fungible.
- Dietas, alojamiento y desplazamiento de invitados y participantes en las actividades.
- Demás gastos corrientes necesarios para la realización de las actividades.

b) Gastos excluidos:

- Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
- Intereses, recargos y sanciones administrativas o penales.
- Gastos de procedimientos judiciales.
- Gastos de comidas e invitaciones protocolarias.
- Gastos de inversiones y adquisiciones de material, equipos o bienes de naturaleza inventariable (instrumentos, vehículos, equipos de audio, video, sonido, iluminación, material informático, etc…).

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 202
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento