Subvenciones para el funcionamiento de Centros de Información Juvenil inscritos en la red cántabra de documentación e información juvenil, para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.- Convocatoria.

Código de ayuda:

S01564/16

Norma:

Orden ECD/3/2016, de 4 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de marzo de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones para el funcionamiento, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero del 2016 y el 31 de diciembre del 2016, de los Centros de Información Juvenil (Oficinas y Puntos) dependientes de los Municipios, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales Menores, así como de otras Entidades o Instituciones de Derecho Público de Cantabria, que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes estén integrados en la Red Cántabra de Documentación e Información Juvenil creada por Decreto 22/1998, de 13 de marzo.

La concesión de las subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva.

Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen y paguen en el año 2016.

En concreto, se considerarán gastos subvencionables, exclusivamente, los gastos corrientes propios del funcionamiento de los Centros de Información Juvenil, incluidos los gastos del personal destinado en los mismos, quedando excluidos los gastos en infraestructuras o equipamiento y los gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deporte. (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria los Municipios, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales Menores, así como otras Entidades e Instituciones de Derecho Público de Cantabria, que cumplan lo previsto en el artículo 1 de la presente Orden y dispongan de estructura y financiación suficientes para garantizar el funcionamiento del Centro de Información Juvenil.

No podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 07/01/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 3
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/01/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 18
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 11/02/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 28
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento