Subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo por cuenta ajena.
Código de ayuda:
S45773/05Norma:
Regulación en Resolución de 31 de enero de 2005. Resolucón de 1 de diciembre de 2005. Resolución de 14 de marzo de 2006. RESOLUCIóN de 19 de abril de 2006.Plazo de Solicitud:
2ª Convocatoria de 2006, hasta el 15 de mayo de 2006. 3ª Convocatoria 2006: entre los días 1 y 15 del mes siguiente al contrato.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la tercera convocatoria de 2006 de concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo por cuenta ajena, por un importe total máximo equivalente al crédito autorizado y no dispuesto para atender las subvenciones concedidas en la cuarta convocatoria de 2005, la primera y la segunda convocatoria de 2006.Disponer que esta convocatoria ampare los contratos cuya fecha de inicio esté comprendida entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2006 (ambos inclusive).
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La convocatoria anual de subvenciones determinará tanto su importe máximo total como los importes máximos por cada línea de subvención en función del tipo de contrato y colectivo al que pertenezca la persona contratada.El importe máximo de la subvención se determinará para los contratos a tiempo parcial en proporción a la jornada laboral completa y para los concertados en la modalidad de fijos discontinuos en proporción a la jornada laboral completa y a la duración de la actividad.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas de carácter privado en las que no concurran, en general, las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en particular, las siguientes:a) Haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, por la comisión de infracciones tipificadas en tal materia en el artículo 46.2 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
b) Haber amortizado puestos de trabajo fijos en los doce últimos meses anteriores a las nuevas contrataciones mediante despidos declarados improcedentes, regulaciones de empleo o despidos objetivos. No se entenderá minorada la plantilla por dichas causas cuando, con anterioridad a dichas contrataciones, se haya procedido a la cobertura de la vacante mediante una relación jurídica de la misma naturaleza que la anterior.
c) No acreditar documentalmente tener organizado el sistema de prevención, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales, y conforme al Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, modificado posteriormente por Real Decreto 780/1998, de 30 de abril.
No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
a) Las administraciones públicas, las sociedades públicas ni las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas, excepto que la relación devenga de actuaciones de apoyo financiero a la promoción económica y fomento empresarial.
b) Las empresas acogidas a planes de reconversión.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
• Subvención de contratos formativos.• Subvención de contratos indefinidos.
• Subvención de la conversión de contratos formativos en indefinidos.
• Subvención de la conversión de contratos temporales en indefinidos.
Documentos asociados
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11/03/2005
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30/03/2006
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