Subvenciones para el fomento e impulso del asociacionismo comercial, el desarrollo de los Centros Comerciales Abiertos y de las Oficinas Comerciales de Asesoramiento.

Código de ayuda:

S02319/05

Norma:

Orden 100/2005, de 13 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:


Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Línea I: Actividades de promoción del Asociacionismo Comercial y de los Centros Comerciales Abiertos.
La cuantía mínima de la campaña por actividad, excluido todo tipo de impuestos, de que se trate será de 18.000 euros.
La ayuda consistirá en subvenciones directas de hasta el 50 por 100 sobre el presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio para la realización de la actividad, excluidos todo tipo de impuestos, con un límite máximo de 60.101,21 euros por actividad.

b) Línea II: Creación de la figura de Gerente de Centros Comerciales Abiertos.
La ayuda consistirá en subvenciones directas del 100 por 100 sobre el presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio (excluidos todo tipo de impuestos) y con un límite máximo de 36.060,72 euros por beneficiario, en los supuestos de mantenimiento en 2005 de contrataciones efectuadas en 2004, así como en las nuevas contrataciones realizadas en 2005.
Para los ejercicios 2006 y 2007 los porcentajes para el mantenimiento serán del 70 por 100 y del 50 por 100 del presupuesto aprobado, con el mismo límite por beneficiario.

c) Línea III: Creación de las Oficinas Comerciales de Asesoramiento.
La ayuda consistirá en subvenciones directas del 50 por 100 sobre el presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio (excluidos todo tipo de impuestos) y con un límite máximo de 30.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Comerciantes, Federaciones y Confederaciones de Comercio que cumplan los requisitos establecidos en cada una de las Líneas de ayuda:

a) Línea I: Actividades de promoción del asociacionismo comercial y de los Centros Comerciales Abiertos:
— Que estén constituidas como entidades sin ánimo de lucro, con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.
— Que mayoritariamente agrupen empresarios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimiento permanente), 65 (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente), 66 (comercio mixto integrado; al por menor fuera
del establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.
— Que tengan su domicilio y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
— Que se encuentren inscritas en el Registro General de Asociaciones de Empresas de Comercio de la Comunidad de Madrid adscrito a la Dirección General de Comercio. Dicho extremo será comprobado de oficio por la Dirección General de Comercio.
— Que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, o en su defecto, tener concedido aplazamiento o moratoria de pago. La Dirección General de Comercio aportará de oficio el certificado de estar al corriente con la Hacienda Autonómica en lo que se refiere tanto a obligaciones tributarias como no tributarias. En todo caso el beneficiario no podrá tener deudas con la Hacienda de la Comunidad de Madrid en período ejecutivo y si, así fuera, deberán estar debidamente garantizadas.

b) Línea II: Creación o mantenimiento de la figura de Gerente de Centros Comerciales Abiertos:
Además de los requisitos establecidos en el apartado anterior, se exige que la necesidad de contratación o mantenimiento del Gerente de Centros Abiertos venga demandada por la puesta en marcha de un proyecto de dinamización comercial e innovación tecnológica por parte de la entidad asociativa, consistiendo éste en la transformación en Centro Comercial Abierto de un área o eje comercial de actuación tradicional ubicado en un área urbana consolidada.

c) Línea III: Creación de las Oficinas Comerciales de Asesoramiento (OCA’s): Además de los requisitos establecidos en el apartado a), se establece la necesidad de que exista un programa definido de asesoramiento y asistencia técnica al sector comercial demandado por el propio sector en el ámbito territorial correspondiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los gastos previstos en cada una de las líneas siguientes:

- Línea I: Actividades de Promoción del Asociacionismo Comercial y de los Centros Comerciales Abiertos.
Las ayudas tendrán el carácter de subvención a fondo perdido, y se referirán al desarrollo de alguna o algunas de las siguientes actividades:
a) El diseño y desarrollo de campañas promocionales de Centros Comerciales Abiertos, gerenciadas o gestionadas por el solicitante.
b) El diseño y desarrollo de campañas promocionales de uno o varios sector/es comercial/es.
Quedan excluidos del concepto de gastos subvencionables la elaboración de material propagandístico de merchandising.

- Línea II: Creación y mantenimiento de la figura de Gerente de Centros Comerciales Abiertos.
La contratación, o mantenimiento de la contratación, por tiempo indefinido de un titulado superior que desempeñe un puesto de trabajo cuyas funciones sean de gerencia y dirección, ligadas a la puesta en marcha de un proyecto de dinamización comercial e innovación tecnológica de un Centro Comercial Abierto en el seno de Asociaciones de Comerciantes, Federaciones y Confederaciones de Comercio siempre y cuando dicho proyecto se encuentre integrado por un mínimo de 75 Pymes comerciales.
La persona a contratar para el desempeño del citado puesto de trabajo deberá poseer en todo caso titulación superior, así como acreditar una experiencia de tres o más años en tareas de dirección y organización en el sector de la distribución comercial y/o disponer de titulación especializada otorgada por entidades o instituciones públicas o privadas relacionadas con la actividad a desarrollar.

- Línea III: Creación de las Oficinas Comerciales de Asesoramiento (OCA’s).
Las ayudas tendrán el carácter de subvención a fondo perdido y se referirán al desarrollo de alguna o algunas de las siguientes actividades:
a) Gastos relativos a la difusión y promoción de la puesta en marcha de la oficina.
b) Gastos de alquiler del local.

Documentos asociados

Boletín: 01/02/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 26
Documento: Bases y Convocatoria para 2005, 2006 y 2007 Descargar Documento