Subvenciones para el fomento del emprendimiento en economía social (Programa Aprol-economía social), cofinanciadas parcialmente con cargo al Programa operativo del Fondo Social Europeo y al Programa operativo de empleo juvenil. Programa I-Fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S28519/16Norma:
Orden de 30 de junio de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 27 de agosto de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar la incorporación de personas desempleadas, de trabajadores y trabajadoras con carácter temporal y de personas socias a prueba, como personas socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales, con carácter indefinido.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Empleo
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Por cada persona que se incorpore a jornada completa:a) 5.500 € con carácter general.
b) Cuando la persona incorporada sea una mujer: 7.000 €.
c) En el caso de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social: 10.000 €.
Las cuantías anteriores se incrementarán en un 15 % en el caso de que el centro de trabajo al que se incorpora la persona socia esté situado en un ayuntamiento rural y en un 25 % si se trata de una cooperativa juvenil (o un 50 % si ésta es de nueva creación).
Cuando la dedicación sea a tiempo parcial (mínimo el 50 % de la jornada ordinaria), la cuantía de los incentivos previstos en los apartados anteriores se reducirá al 50 %.
La cuantía máxima por beneficiaria es de 15.000 euros por persona incorporada, hasta un máximo de 50.000.
El presupuesto del programa es de un millón doscientos treinta y un mil trescientos cuarenta y seis euros (1.231.346 €).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Las cooperativas y sociedades laborales que incorporen como personas socias trabajadoras o de trabajo, en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia, a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo, personas vinculadas a la cooperativa o sociedad laboral por un contrato de trabajo temporal, o socias a prueba de la cooperativa a la que se incorporan.Documentos asociados
Boletín:
27/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 141
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 141
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
27/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento