Subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la empleabilidad en el ambito de colaboracion con las entidades locales.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S01446/15

Norma:

ORDEN de 23 de diciembre de 2014. ORDEN de 29 de diciembre de 2015. ORDEN de 19 de enero de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de febrero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas y subvenciones que están destinadas a la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades locales a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas para la realización de obras o servicios de interés general y social (procedimiento TR351A), al objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que percibirán las entidades beneficiarias será, a efectos salariales, la equivalente a la necesaria para sufragar los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos en la misma
cantidad que la fijada para el salario según el convenio colectivo vigente en el momento de formular la solicitud, por cada persona trabajadora desempleada contratada, con los siguientes máximos:

Para el grupo de cotización 1: 2.700 €.

Para el grupo de cotización 2: 2.200 €.

Para el grupo de cotización 3: 2.000 €.

Para el grupo de cotización 4: 1.900 €.

Para el grupo de cotización 5: 1.800 €.

Para el grupo de cotización 6: 1.700 €.

Para el grupo de cotización 7: 1.600 €.

Para el grupo de cotización 8: 1.500 €.

Para el grupo de cotización 9: 1.500 €.

Para el grupo de cotización 10: 1.500 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos y las mancomunidades de ayuntamientos, los consorcios locales y las entidades
locales menores siempre que todos ellos dispongan de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución de los correspondientes proyectos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades locales a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas para la realización de obras o servicios de interés general y social, al objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Requisitos:

No podrán ser beneficiarias las entidades que estén incursas en alguna de las circunstancias
establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ni aquellas que no presentasen la documentación justificativa prevista en el artículo 17.2.II.c), en relación con la cofinanciación de las ayudas por el Fondo Social Europeo, correspondiente a la subvención de ejercicios anteriores.

Documentos asociados

Boletín: 12/01/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 6
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/12/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/01/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 18
Documento: Anexos y Ampliación plazo solicitudes Descargar Documento