Subvenciones para el fomento del empleo a traves de los programas de cooperacion en el ambito de colaboracion con los organos y organismos de las administraciones publicas distintas de la local, universidades y entidades sin animo de lucro.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S07773/12

Norma:

ORDEN de 28 de febrero de 2012. ORDEN de 3 de abril de 2012. ORDEN de 13 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 20 de abril de 2012; Contratación de mujeres víctimas de violencia: hasta el día 15 de noviembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas y subvenciones que, bajo la rúbrica general de programas de cooperación institucionales, están destinadas a la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas y mujeres víctimas de violencia para la realización de servicios de interés general y social (procedimiento TR352A) con el objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que percibirán las entidades beneficiarias será igual al resultado de multiplicar el número de personas contratadas por el número de meses de duración del contrato y por el importe del módulo que le corresponda en función del grupo de cotización a la Seguridad Social, conforme a la siguiente escala:

• Para el grupo de cotización 1: 2.175 €.

• Para el grupo de cotización 2: 1.963 €.

• Para el grupo de cotización 3: 1.935 €.

• Para el grupo de cotización 4: 1.875 €.

• Para el grupo de cotización 5: 1.756 €.

• Para el grupo de cotización 6: 1.732 €.

• Para el grupo de cotización 7: 1.637 €.

• Para el grupo de cotización 8: 1.576 €.

• Para el grupo de cotización 9: 1.512 €.

• Para el grupo de cotización 10: 1.488 €.

A efectos del incentivo a la movilidad geográfica, la subvención será de 180 € mensuales por cada beneficiaria del programa de fomento de la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia contratada que reúna los requisitos para percibirlo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos del Estado, organismos autónomos, entes de derecho público, sociedades mercantiles, fundaciones públicas, universidades y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades sin ánimo de lucro, siempre que no estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2.º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones de fomento de empleo en colaboración con los órganos y organismos de las administraciones públicas distintas de la local, universidades y entidades sin ánimo de lucro a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas y mujeres víctimas de violencia para la realización de servicios de interés general y social (procedimiento TR352A) con el objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y, en su caso, estar debidamente inscritas en el correspondiente registro público.

b) Disponer de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución de los correspondientes proyectos.

c) Asumir el compromiso de garantizar la inserción laboral posterior de, al menos, las siguientes personas trabajadoras desempleadas participantes en el proyecto, en función del número de plazas solicitadas y concedidas:

• Una para el caso de las entidades con una concesión entre 4 y 7 plazas.

• Dos para el caso de las entidades con una concesión entre 8 y 11 plazas.

• Tres para el caso de las entidades con una concesión entre 12 y 15 plazas.

Con carácter general, se considerará que la inserción laboral se conseguirá cuando la persona desempleada participante en el programa sea contratada como trabajador o trabajadora por cuenta ajena por una duración no inferior a seis meses o se acredite su constitución en trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia por el mismo período.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/04/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 68
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 15/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 114
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 25/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
Documento: Modificación Descargar Documento