Subvenciones para el fomento del empleo, a traves de los programas de cooperacion en el ambito de colaboracion con las entidades sin animo de lucro, para la prorroga de la subvencion para la contratacion de agentes de empleo y unidades de apoyo.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S36573/12

Norma:

ORDEN de 27 de septiembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la con vocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas y subvenciones
que, bajo la rúbrica general de programas de cooperación institucionales, están destinadas a la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con entidades sin ánimo de lucro prestadoras de servicios sociales a través de la prórroga de la subvención para la contratación de agentes de empleo y unidades de apoyo (procedimiento TR352B) que colaborarán en la implantación de las políticas activas de empleo y en la realización de
funciones relacionadas con la dinamización y con la creación de empleo en el ámbito de las personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención que percibirán las entidades beneficiarias consistirá en una cuantía por cada una de ellas, calculada tomando como referencia los costes salariales y de Seguridad Social de los agentes de empleo y unidades de apoyo que se van a contratar en los términos previstos en el párrafo siguiente.

La cuantía máxima de la subvención que percibirán las entidades beneficiarias será igual al resultado de multiplicar el número de personas contratadas por el número de meses y por el importe del módulo C en el caso de los agentes de empleo y del módulo B para las unidades de apoyo, conforme a la siguiente escala:

Módulo C: los costes salariales totales que se van a subvencionar ascenderán a tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), vigente en cada año, más la parte proporcional de las pagas extraordinarias –por importe, cada una de ellas, de una mensualidad de dicho IPREM –y la correspondiente cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos por cada persona trabajadora contratada dent ro del grupo de cotización de la Seguridad Social 4 al 1, ambos inclusive. La cuantía máxima de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, cuando los contratos sean a tiempo parcial.

Módulo B: los costes salariales totales que se van a subvencionar ascenderán a dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), vigente en cada año, mas la parte proporcional de las pagas extraordinarias –por importe, cada una de ellas, de una mensualidad del dicho IPREM– y la correspondiente cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos por cada persona trabajadora contratada dentro del grupo de cotización de la Seguridad Social 9 al 5, ambos inclusive.

Para calcular la cuantía correspondiente a los costes de Seguridad Social, el tipo de cotización aplicable será el que se corresponda con la ocupación A.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro que, siendo subvencionadas al amparo de la Orden de 30 de diciembre de 2010, sean de carácter social y que, en ejecución de las políticas activas de empleo, establezcan acciones específicas de conformidad con sus estatutos para la inserción de las personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social, siempre que no estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con entidades sin ánimo de lucro prestadoras de servicios sociales a través de la prórroga de la subvención para la contratación de agentes de empleo y unidades de apoyo (procedimiento TR352B) que colaborarán en la implantación de las políticas activas de empleo y en la realización de funciones relacionadas con la dinamización y con la creación de empleo en el ámbito de las personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y, en su caso, estar debidamente inscritas en el correspondiente registro público.

b) Disponer de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución de los correspondientes proyectos.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 188
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento