Subvenciones para el fomento del empleo a traves de los programas de cooperacion en el ambito de colaboracion con las entidades locales.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S07782/12

Norma:

ORDEN de 29 de febrero de 2012. ORDEN de 3 de abril de 2012. ORDEN de 13 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 20 de Abril de 2012; Contratación de mujeres víctimas de violencia: hasta el día 15 de Noviembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas y subvenciones que, bajo la rúbrica general de programas de cooperación, están destinadas a la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades locales a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas y mujeres víctimas de violencia para la realización
de obras o servicios de interés general y social (procedimiento TR351A), con el objeto de proporcionarles
la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) A efectos salariales, la equivalente a la necesaria para sufragar los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos en la misma cantidad que la fijada para el salario según el convenio colectivo vigente en el momento de formular la solicitud, por cada trabajador o trabajadora desempleado/a contratado/la.

b) A efectos de incentivo a la movilidad geográfica, será de 180 euros mensuales por cada beneficiaria del programa de fomento de la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia contratada que reúna los requisitos para percibirlo.

El importe de las subvenciones reguladas en esta orden en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o internacionales, supere el coste de la actividad que va a desarrollar la entidad beneficiaria o, en su caso, el porcentaje máximo de la inversión subvencionable que legalmente se establezca.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos y las mancomunidades de ayuntamientos, los consorcios locales y las entidades locales menores siempre que todos ellos dispongan de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución de los correspondientes proyectos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades locales a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas y mujeres víctimas de violencia para la realización de obras o servicios de interés general y social (procedimiento TR351A), con el objeto de proporcionarles la experiencia y práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.

Requisitos:

No podrán ser beneficiarias las entidades que estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ni aquellas que no hubieran presentado la documentación justificativa prevista en el artículo 16.2 II.c), en relación con la cofinanciación de las ayudas por el Fondo Social Europeo, correspondiente a la subvención de ejercicios anteriores, una vez transcurrido el plazo al efecto.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/04/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 68
Documento: Ampliación plazo presentación. Descargar Documento
Boletín: 15/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 114
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Boletín: 25/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 120
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