Subvenciones para el fomento del autoempleo del Ayuntamiento de Gozon.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S03100/15

Norma:

En Luanco, a 12 de enero de 2015.

Plazo de Solicitud:

15 días hábiles a contar desde el día siguiente al alta en el Régimen Especial que corresponda; consultar altas anteriores.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Gozón a personas desempleadas que hayan iniciado o que vayan a iniciar una actividad económica como trabajadores/as autónomos/as, causado alta el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social-RETA o Especial de los Trabajadores del Mar, al objeto de facilitar una ayuda que les permita hacer frente a primeras inversiones y/o gastos derivados del inicio de su actividad económica.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gozón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la convocatoria asciende a la cantidad de 10.000,00 euros, que representará el límite de las subvenciones a conceder.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los promotores que se den de alta como:

• Empresarios individuales.

• Comunidades de Bienes.

• Sociedades Civiles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

• Inversiones en inmovilizado material como por ejemplo:

o Construcción, adquisición (en este caso hasta un máximo del 10% de la inversión total auxiliable) o mejora de inmuebles.

o Maquinaria, instalaciones, equipos informáticos o equipamiento diverso (mobiliario, menaje, herramientas, etc.)

o La compra de vehículos, siempre que sean para uso de la empresa y solo se utilicen para el fin por el que se les haya concedido la subvención.

• Software/programas informáticos a precios de mercado.

• Proyectos técnicos y honorarios de arquitectura, ingeniería, consultoría, estudios de viabilidad.

• Derechos de patentes o licencias.

• Licencias de obra y apertura.

• Gastos de Notaría y Registros.

• Gastos de las cuotas de la seguridad social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos – RETA, o especial de los Trabajadores del Mar del solicitante durante el primer año de actividad.

Requisitos:

Los trabajadores autónomos que formen parte de una comunidad de bienes o sociedad civil sin personalidad jurídica podrán ser beneficiarios, siempre y cuando soliciten la subvención a título personal, y con un límite de 1 socio por comunidad de bienes o sociedad civil.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 18
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento