Subvenciones para el fomento del autoempleo.-

Código de ayuda:

S43364/14

Norma:

En Cangas del Narcea, a 25 de agosto de 2014.

Plazo de Solicitud:

15 días hábiles a contar desde el día siguiente al alta en el RETA; consultar altas producidas con anterioridad a la orden.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Cangas del Narcea a personas desempleadas que hayan iniciado o que vayan a iniciar una actividad económica como trabajadores/as autónomos/as, causando alta el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social-RETA, al objeto de facilitar una ayuda que les permita hacer frente a primeras inversiones y/o gastos derivados del inicio de su actividad económica.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Cangas de Narcea (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Ayuda de 1.000,00 euros para el inicio de actividad, destinada a promotores que se den de alta como:

• Empresarios individuales.

• Comunidades de Bienes (Subvención máx. 1 miembro)

• Sociedades Civiles (Subvención máx. 1 miembro)

La cuantía será la misma para todos los colectivos de desempleados sin efectuar graduación alguna entre ellos dada la extraordinaria dificultad existente actualmente en el acceso al mercado de trabajo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

• Empresarios individuales.

• Comunidades de Bienes (Subvención máx. 1 miembro)

• Sociedades Civiles (Subvención máx. 1 miembro)

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Inversiones en inmovilizado material como por ejemplo:

◦ Construcción, adquisición (en este caso hasta un máximo del 10% de la inversión total auxiliable) o mejora de inmuebles.

◦ Maquinaria, instalaciones, equipos informáticos o equipamiento diverso (mobiliario, menaje, herramientas, etc.).

◦ La compra de vehículos, siempre que sean para uso de la empresa y solo se utilicen para el fin por el que se les haya concedido la subvención.

• Software/programas informáticos a precios de mercado.

• Proyectos técnicos y honorarios de arquitectura, ingeniería, consultoría, estudios de viabilidad.

• Derechos de patentes o licencias.

• Licencias de obra y apertura.

• Gastos de Notaría y Registros.

• Gastos de las cuotas de la seguridad social del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos–RETA del solicitante durante el primer año de actividad.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, quienes reúnan los siguientes requisitos:

— Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y el Ayuntamiento de Cangas del Narcea y con la Seguridad Social, así como no ser deudor del Ayuntamiento de Cangas del Narcea por reintegros de subvenciones en período ejecutivo.

— No estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— No haber sido sancionados, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Los trabajadores/as para cuya conversión en trabajadores/as autónomos/as se solicite la ayuda, deberán además cumplir las siguientes condiciones:

— Haber iniciado una actividad por cuenta propia en el período comprendido entre el 13/06/2014 y hasta el 31/12/2014.

— Disponer de centro de trabajo o establecimiento abierto al público, o tener el domicilio fiscal en caso de actividades que no precisen de centro específico para su desarrollo, en el concejo de Cangas del Narcea.

— Estar desempleados y mantener dicha situación hasta el mismo día en que causen alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA).

— No simultanear el ejercicio de la actividad con el de cualquier otra por cuenta ajena.

Además la actividad deberá mantenerse, al menos, durante un período de un año desde la fecha de inicio.

Documentos asociados

Boletín: 02/09/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 204
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento