Subvenciones para el fomento de las tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos por parte de las empresas aragonesas a través de inversiones productivas, y se procede a su convocatoria para el año 2025.
Código de ayuda:
S25237/25Norma:
ORDEN PEJ/956/2025, de 4 de agosto.Plazo de Solicitud:
Hasta el 5 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas bases establecen las condiciones de acceso a un régimen de subvenciones, en condiciones de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para el fomento de inversiones productivas llevadas a cabo por parte de las empresas aragonesas para el desarrollo o fabricación de tecnologías fundamentales o para la protección y refuerzo de las correspondientes cadenas de suministro en el sector de las tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos.Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Vicepresidencia del Gobierno y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. En el caso de gastos subvencionables sometidos al Reglamento UE de exención por categorías, la cuantía de la subvención se determinará en la convocatoria aplicando a los costes subvencionables del proyecto, como máximo, los porcentajes de intensidad correspondientes al mapa regional de ayudas vigente,considerando la modificación para el aumento de las intensidades de ayuda para las inversiones cubiertas por el Reglamento STEP. Por tanto:
a) Para las inversiones productivas que se lleven a cabo en las provincias de Huesca y Zaragoza, con excepción del término municipal de Zaragoza, los porcentajes máximos de ayuda serán del 20% para grandes empresas, del 30% para medianas empresas y del 40% para pequeñas empresas.
b) Para las inversiones productivas que se lleven a cabo en la provincia de Teruel, los porcentajes máximos de ayuda serán del 25% para las grandes empresas, del 35% para las medianas empresas y del 45% para las pequeñas empresas.
2. En el caso de gastos subvencionables sometidos al Reglamento UE de ayudas de «minimis», la cuantía de la subvención se determinará en la convocatoria aplicando a los costes subvencionables del proyecto, como máximo, del 40 %, teniendo en cuenta el límite establecido en el citado Reglamento.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas por medio de esta Orden las empresas establecidas en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que desarrollen o vayan a desarrollar la inversión subvencionable en la Comunidad Autónoma de Aragón, y que cumplan los requisitos en la Orden PEJ/956/2025, de 4 de agosto.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos objeto de financiación que se contemplen en las respectivas convocatorias se centrarán en los siguientes ámbitos:a) Tecnologías de baterías y almacenamiento de energía.
b) Tecnologías industriales transformadoras para la descarbonización.
c) Tecnologías avanzadas de materiales, de fabricación y de reciclado.
d) Tecnologías de la economía circular.
Las convocatorias que se aprueben en desarrollo de estas bases podrán concretar, a título ejemplificativo, las tecnologías que pueden quedar comprendidas dentro de cada uno de esos ámbitos.
Requisitos:
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas establecidas en la Comunidad Autónoma de Aragón.Se entiende que una empresa está establecida en la Comunidad Autónoma de Aragón cuando tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento o haya solicitado ayuda para un nuevo establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. En este último caso, deberá disponer de establecimiento abierto y en funcionamiento en el momento del pago de la ayuda.
2. Será necesario que la entidad solicitante desarrolle o vaya a desarrollar la inversión productiva subvencionable en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Documentos asociados
Boletín:
08/08/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín:
08/08/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 152
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento