Subvenciones, para el fomento de la traducción entre lenguas oficiales españolas y edición de obras de autores españoles, correspondientes al año 2010.

Código de ayuda:

S27282/10

Norma:

Orden CUL/1036/2010, de 12 de abril. ORDEN CUL/4411/2004, de 29 de diciembre. ORDEN CUL/3150/2008, de 29 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2010, subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos de edición de libros, de autores españoles, a traducir entre lenguas oficiales españolas, con independencia del soporte en que se editen, de autores españoles, de proyección nacional e internacional, que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español.

La finalidad de estas subvenciones es ampliar los fondos de las bibliotecas públicas de España y además fomentar y favorecer la comunicación y cohesión cultural entre las Comunidades Autónomas mediante la creación de un fondo bibliográfico común en todas las bibliotecas públicas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas mercantiles del sector editorial españolas o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, ya sean personas físicas o jurídicas siempre y cuando estén legalmente constituidas y acrediten haber realizado una labor editorial ininterrumpida de dos años, como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Cada empresa deberá presentar una sola solicitud que contendrá uno o varios proyectos editoriales distintos, que no podrán exceder de diez. En ningún caso se subvencionará más del 50% de la producción editorial de la empresa en 2009. Asimismo, los proyectos editoriales objeto de subvención deberán adecuarse a una de las siguientes categorías:

Obras de ensayo y pensamiento de autores españoles.

Obras literarias de autores españoles.

Obras literarias de carácter infantil y juvenil de autores españoles.

2. Se podrán presentar como proyectos editoriales aquellas obras que hayan sido publicadas con posterioridad al 1 de enero del presente año y que no tengan catalogado el número de ISBN en el ejercicio anterior, siempre que cumplan los requisitos del punto anterior.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 7
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/11/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 267
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 27/04/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 101
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento