Subvenciones para el fomento de la participacion vecinal 2011.

Código de ayuda:

S17155/11

Norma:

En Torrejón de la Calzada, a 8 de marzo de 2011. En Torrejón de la Calzada, a 25 de febrero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión, para el ejercicio 2011, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el fomento de la participación vecinal a las entidades sin ánimo de lucro, que figuren legalmente inscritas en los correspondientes Registros de Torrejón de la Calzada, para la realización de los fines que les son propios de conformidad con sus estatutos y que tengan la consideración de beneficiarias de acuerdo a lo establecido en las bases.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total del crédito para esta subvención será de 24.000 € (con un máximo por Asociación de 2.000 € y con un máximo por Peña de 1.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

- Las Asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Torrejón de la Calzada con anterioridad a la publicación de las Bases, legalmente constituidas en Torrejón de la Calzada (Madrid), que se encuentren al corriente de las obligaciones contraídas con el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada, de las establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal de Torrejón de la Calzada y demás legislación que les sea de aplicación y que reúnan los requisitos exigidos.

- También podrán solicitar esta subvención y tendrán derecho a ella las Peñas inscritas en el Libro Municipal de Peñas de Torrejón de la Calzada con anterioridad a la publicación de las Bases, que se encuentren al corriente de las obligaciones contraídas con el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada, de las establecidas en el Reglamento Orgánico Municipal de Torrejón de la Calzada y demás legislación que les sea de aplicación y que reúnan los requisitos exigidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán gastos subvencionables aquéllos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Se considerará gasto el que ha sido efectivamente realizado con anterioridad a la finalización del período de justificación de la subvención.

Requisitos:

1) Para participar en la presente convocatoria, las Asociaciones que opten a las Subvenciones recogidas en el Epígrafe I deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Torrejón de la Calzada con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases.

b) Estar al corriente de las obligaciones establecidas por el Reglamento orgánico municipal para las Asociaciones inscritas en el Registro Municipal.

c) Al menos el 50 % de sus miembros deberán estar empadronados en Torrejón de la Calzada con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases.

d) Carecer de fines de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

e) Estar al corriente en caso de haber recibido subvenciones de la Corporación Municipal con anterioridad, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social y de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada.

Las Asociaciones solicitantes de la subvención deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2) Para participar en la presente convocatoria, las Peñas que opten a las Subvenciones recogidas en el Epígrafe II, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Libro Municipal de Peñas de Torrejón de la Calzada.

b) Haber realizado actividades en colaboración con el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada al menos, con un año de antigüedad en referencia a la fecha de publicación de las Bases y en todo caso en el año inmediatamente anterior, dato que se acreditará por los interesados mediante la aportación de la documentación acreditativa de dicha colaboración o bien de oficio por el propio Ayuntamiento en atención a la pública y notoria colaboración realizada por la peña en cuestión con anterioridad a la fecha señalada en el desarrollo de actividades municipales realizadas, fundamentalmente, durante la celebración de las fiestas locales.

c) Todos sus miembros deberán estar empadronados en Torrejón de la Calzada con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases. Las Peñas deberán estar formadas por un mínimo de 20 personas.

d) Los recogidos en los apartados b), d), e), y f) del punto 1 de la base tercera.

Las Peñas solicitantes de la subvención deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 28/03/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 73
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 28/03/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento