Subvenciones para el fomento de la participación en programas de calidad de los alimentos para las personas agricultoras y ganaderas, y se convocan las correspondientes al año 2008.

Código de ayuda:

S34782/08

Norma:

ORDEN AAR/209/2008, de 30 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la participación de las personas agricultoras y ganaderas en programas relativos a la calidad de los alimentos que se publican en el anexo de esta Orden.

Convocar las subvenciones correspondientes para las actuaciones realizadas durante el año 2008, de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en el artículo 1 de esta Orden.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Esta ayuda tiene el carácter de subvención directamente aplicable a los gastos derivados de las actuaciones que prevé el apartado 1 de estas bases.

La cuantía máxima de las subvenciones concedidas por explotación es de 3.000 euros el año.

Para las personas beneficiarias que haga menos de cinco años de su inscripción en el registro administrativo correspondiente, las subvenciones se otorgarán de manera regresiva durante cinco años y la cuantía será como máximo de un 100%, 60%, 40%, 30% y 30% cada año respectivamente.
Para las personas beneficiarias que haga cinco años o más de su inscripción, las subvenciones se otorgarán como máximo hasta un 30% cada año, durante un máximo de cinco años.

Las subvenciones pueden concederse totalmente o parcialmente, en función de la disponibilidad presupuestaria y de acuerdo con los criterios de prioridad y de atribución que se establecen en el apartado 4 de este anexo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser personas beneficiarias de las subvenciones que establece esta Orden:

a) Los órganos de gestión que representan a los agricultores y agricultoras y los ganaderos y ganaderas inscritos en las DOP, IGP, DO.
b) El Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica.
c) Las personas agricultoras y ganaderas adjudicatarias de la Marca Q de los productos en los que participen como personas operadoras agricultoras o ganaderas.

Las personas beneficiarias deben cumplir las condiciones siguientes:
a) Estar inscritas en el registro administrativo correspondiente.
b) Las personas agricultoras y ganaderas inscritas deben producir dentro de un programa de calidad que llegue al punto de venta.
c) Demostrar mediante trazabilidad financiera que las subvenciones repercuten directamente en las personas agricultoras y ganaderas inscritas, de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento CE 1290/2005.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de la subvención es fomentar la participación de las personas agricultoras y ganaderas en las DOP, las IGP, las DO, la PAE y la Marca Q de Cataluña mediante la subvención de los gastos correspondientes a las actuaciones de control y certificación relacionadas con los programas de calidad de los diferentes distintivos de calidad.

No son subvencionables los programas de certificación y control ejecutados y pagados en su totalidad antes de la fecha de publicación de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5129
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento