Subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S20473/15

Norma:

DECRETO 73/2015, de 21 de abril.

Plazo de Solicitud:

2 meses, contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la contratación o de la transformación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como favorecer la inserción laboral de determinados colectivos de desempleados con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la subvención establecida en el Programa I, por contratación indefinida a
tiempo completo será:

a) Mujeres, hombres jóvenes menores de 25 años y hombres mayores de 45 años: 6.000 euros.

b) Hombres de 25 a 44 años. 5.000 euros.

2. La cuantía de la subvención establecida en el Programa II, por transformación de contratos
temporales:

a) Mujeres: 4.000,00 euros.

b) Hombres: 3.000,00 euros.

3. En el caso de empresas que hayan obtenido la calificación de Empresa Socialmente Responsable de Extremadura y figuren inscrita en el Registro de Empresas Socialmente Responsables de Extremadura creado al efecto por el artículo 10 de la Ley 15/2010, de 9 de
diciembre, de responsabilidad social empresarial en Extremadura, y regulado en el Decreto 110/2013, de 2 de julio, por el que se crea el Consejo Autonómico para el fomento de la responsabilidad social de Extremadura, la Oficina de Responsabilidad Social Empresarial y se regula el procedimiento para la calificación e inscripción en el Registro de Empresa Socialmente Responsable de Extremadura, se establece una cuantía global por cada programa de ayudas independientemente de las características de cada contratación, equivalente al máximo de las cuantías que pueden ser concedidas en cada programa incrementadas en 1.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los profesionales colegiados y las empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, realicen contrataciones en los términos previstos en el artículo 9 de esta norma.

Asimismo podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen contrataciones con carácter estable de trabajadores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales.

Programa II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos
indefinidos.

Requisitos:

a. No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b. Estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o, al menos, algún centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma.

c. Que el puesto de trabajo que se cree o se transforme radique en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 79
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 06/05/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 85
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento