Subvenciones para el fomento de actividades culturales.- Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S50346/10Norma:
CVE-2010-12640.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/09/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones no nominativas con destino a fomentar la realización de actividades de carácter cultural que deberán sujetarse en sus condiciones y fi nalidad a la regulación municipal para la concesión de subvenciones aprobada por el Pleno de la Corporación.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Villaescusa (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Tendrá la condición de benefi ciario de subvenciones la persona física que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación de legítima concesión.b) Tendrán igualmente la condición de beneficiario las personas jurídicas así como los miembros asociados de la misma que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamente la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de la persona jurídica.
c) También podrán acceder a la condición de beneficiario, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las Comunidades de Bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos o actividades que motiven la concesión de la subvención. En estos casos, deberán hacer constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán igualmente la condición de beneficiarios. En cualquier caso deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones, hasta transcurrido el plazo de prescripción en lo que al derecho de la Administración se refi ere, a reconocer o liquidar el
reintegro así como el correspondiente al de la prescripción de la infracción o la sanción.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son subvencionables la realización de actividades dirigidas a promover las distintas manifestaciones de carácter cultural, que incidan o afecten directamente al municipio de Villaescusa o a sus vecinos.Requisitos:
Los beneficiarios deberán acreditar su residencia efectiva y domiciliación en el Municipio de Villaescusa. Excepcionalmente se podrán subvencionar actividades promovidas por Entidades que no radiquen en el término Municipal siempre que, a juicio del órgano competente para la concesión de la subvención, la actividad promovida redunde en beneficio del municipio deVillaescusa.
Documentos asociados
Boletín:
23/08/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 162
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 162
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento