Subvenciones para el establecimiento de explotaciones colaboradoras 2016.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S44400/16

Norma:

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de septiembre de 2008. Las Palmas de Gran Canaria, 11 de noviembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de noviembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la financiación, por la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria, de los gastos corrientes que se realicen en explotaciones colaboradoras, en el periodo comprendido entre el 1 de enero 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvencionará el 100% del presupuesto aprobado por el Servicio Técnico competente, excepto en el caso de la última solicitud que tenga derecho a subvención en función del crédito disponible. Para este último caso, si este remanente de crédito disponible permite subvencionar al menos el 85% del presupuesto subvencionable, siempre que éste sea inferior a 2.500,00 euros, o el 85% de 2.500,00 euros (2.125,00 euros) en el caso de que el presupuesto subvencionable sea superior a los 2.500,00 euros, se subvencionará la realización de la experiencia. En este caso, dicho peticionario deberá aceptar la subvención en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su notificación.

En caso de que no acepte la subvención dentro del referido plazo, se entenderá que desiste de su solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las personasfísicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas colaboradoras de Gran Canaria, entendiendo por explotación colaboradora aquélla que participa en la realización y divulgación de actividades y técnicas experimentales o innovadoras en cualquiera de los ámbitos de trabajo de la Granja Agrícola Experimental o del Servicio de Extensión Agraria y Desarrollo Agropecuario y Pesquero, fomentadas y dirigidas por la Consejería de Sector Primario y Soberanía Alimentaria.

Requisitos:

a) No estar incurso en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración Pública que resulten incompatibles con la que se solicita.

c) No haber recibido subvenciones u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, declarar el importe de las recibidas.

d) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria, cuando hubiere estado obligado a ello.

e) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y no tener deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo con el Estado, Administración local y autonómica o pendientes de ingreso responsabilidades civiles derivadas de delito contra la Hacienda Pública, salvo que se trate de deudas o sanciones aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.

f) Estar dado de Alta de Terceros en el sistema informático contable del Cabildo de Gran Canaria.

g) Cumplimiento de la normativa de la Condicionalidad de la P.A.C. Reglamento (CE) n° 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1290/2005, (CE) nº 247/2006, (CE) nº 378/2007 y se deroga el Reglamento (CE) nº 1782/2003. Real Decreto 486/2009, de 3 de abril, por el que se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo.

Documentos asociados

Boletín: 16/11/2016
BO Provincia de Las Palmas- Nº 138
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/11/2016
BO Provincia de Las Palmas- Nº 138
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 16/12/2016
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 166
Documento: Ordenanza General Descargar Documento