Subvenciones para el ejercicio 2009, dirigidas a Entidades Locales de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de medidas en materia de seguridad y salud laboral.

Código de ayuda:

S36028/09

Norma:

Orden de 28/04/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones, dirigidas al desarrollo de medidas en materia de seguridad y salud laboral, con arreglo a los siguientes programas de actuación:

- Programa I: Acciones formativas y actuaciones de difusión y sensibilización en materia de prevención de riesgos laborales.
- Programa II: Inversiones que contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Para acciones formativas y actuaciones de difusión y sensibilización, hasta el 100% del importe total de los gastos subvencionables, sin que en ningún caso pueda ser superior a 30.000 euros por beneficiario.

B) Para inversiones que contribyan a mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral, hasta un 40% del coste de la inversión. El importe máximo de la subvención será de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

- Para el Programa I: Municipios, Mancomunidades de Municipios y Agrupaciones de Municipios sin personalidad jurídica.

- Para el Programa II: Municipios y Mancomunidades de Municipios.

Requisitos:

a) Que se encuentren ubicados en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

b) Que cuenten con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

c) No haber sido sancionados, en virtud de resolución o sentencia judicial firmes, por comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de la subvención.

d) No encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) No encontrarse incurso la persona que ostente la representación legal del Municipio o Mancomunidad de Municipios en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 86
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento