Subvenciones para el desarrollo, por entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, de Programas de Garantía Social a iniciar durante el año 2006.

Código de ayuda:

S09191/06

Norma:

ORDEN EDU/494/2006, de 23 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo, por entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, de Programas de Garantía Social a iniciar durante el año 2006 dentro de la Comunidad de Castilla y León en las modalidades de iniciación profesional, formación-empleo, talleres profesionales y para alumnos con necesidades educativas especiales.

Los programas de garantía social son acciones formativas que tienen como finalidad proporcionar a los alumnos que no han alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria una formación básica y
profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir estudios, especialmente en la formación profesional específica de grado medio.

Estos programas tendrán los siguientes objetivos:
a) Ampliar la formación de los alumnos, en orden a la adquisición de capacidades propias de la enseñanza básica, con el objeto de permitir su incorporación a la vida laboral y, en su caso, proseguir estudios, especialmente en la formación profesional específica de grado medio.
b) Preparar a los alumnos para el ejercicio de actividades profesionales, en oficios u ocupaciones acordes con sus capacidades y expectativas personales.
c) Desarrollar y afianzar su madurez personal, mediante la adquisición de hábitos y capacidades que les permitan participar, como trabajadores y ciudadanos responsables, en el trabajo y en la actividad social y cultural.

Los programas de garantía social subvencionados deberán comenzar el 1 de septiembre y el inicio de sus actividades lectivas antes del 20 de septiembre de 2006.
Podrán acceder a los programas de garantía social quienes a fecha de 31 de diciembre de 2006 tengan 16 años cumplidos y menos de 21 y no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o alguna titulación académica superior a Graduado Escolar.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de cada subvención será de CINCUENTA Y TRES MIL EUROS (53.000 euros) en las modalidades de iniciación profesional, talleres profesionales y formación-empleo.
En la modalidad de alumnos con necesidades educativas especiales, el importe máximo de la subvención será de CIENTO SEIS MIL EUROS (106.000 euros) para los dos cursos que dura esta modalidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. En la modalidad de Iniciación Profesional podrán solicitar esta subvención los centros docentes privados legalmente constituidos como institución sin ánimo de lucro y autorizados por la Consejería de Educación para impartir enseñanzas de Formación Profesional de la familia relacionada con el perfil del Programa para el que se solicita subvención.
Los centros que tengan concierto educativo para impartir programas de garantía social no podrán solicitar subvención para otro programa del mismo perfil que el concertado.

2. En la modalidad de Formación-Empleo podrán solicitar esta subvención:
– Las entidades locales de la Comunidad de Castilla y León.
– Las asociaciones empresariales sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Castilla y León y que dispongan de infraestructura suficiente para desarrollar el Programa.

3. En la modalidad de Talleres Profesionales, podrán solicitar esta subvención las entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, que no impartan Formación Profesional Reglada, que dispongan de infraestructura suficiente para desarrollar el Programa y con experiencia en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos.

4. En la modalidad de Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, podrán acceder a la subvención para el desarrollo de Programas objeto de dicha modalidad entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas dedicadas a la atención de jóvenes con discapacidad, que dispongan de la infraestructura suficiente para desarrollar el Programa y experiencia necesaria para garantizar el cumplimiento de sus objetivos.
Los centros que tengan concierto educativo para impartir programas de garantía social no podrán solicitar subvención para otro programa del mismo perfil que el concertado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas objeto de esta convocatoria podrán desarrollarse en las modalidades de iniciación profesional, formación-empleo, talleres profesionales o alumnos con necesidades educativas especiales.

MODALIDAD DE INICIACIÓN PROFESIONAL:
Estos programas atenderán preferentemente a los alumnos que procedan de la zona de influencia del centro subvencionado y que hayan agotado las posibilidades de conseguir el título correspondiente, hayan cursado programas de diversificación curricular y deseen continuar en el sistema educativo.
La duración de estos Programas será, como mínimo, de 900 horas lectivas (un curso académico), y deberán finalizar en junio de 2007.

MODALIDAD DE FORMACIÓN-EMPLEO:
Estos programas atenderán a jóvenes con necesidades de incorporarse al mercado laboral por motivos personales o familiares y favorecer la integración de alumnos inmigrantes.
Los programas de Formación-Empleo tendrán una duración mínima de 1.100 horas de formación y deberán finalizar en septiembre de 2007.

MODALIDAD DE TALLERES PROFESIONALES:
Estos programas atenderán a jóvenes que tengan dificultades para adaptarse al medio escolar, en situación de marginación o riesgo de exclusión social.
Deberán desarrollarse en espacios y ámbitos cercanos a lo laboral, en colaboración con empresarios y agentes sociales en general, y en conexión con planes de empleo y de inserción laboral.
Estos programas tendrán una duración mínima de 1.100 horas de formación y deberán finalizar en julio de 2007.

MODALIDAD PARA ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES:
Los Programas de esta modalidad tendrán una duración de 1.800 horas, dos cursos académicos y deberán finalizar en junio de 2008.
Se dirigen exclusivamente a jóvenes cuyas necesidades educativas especiales estén asociadas a condiciones personales de discapacidad.
Preferentemente, serán alumnos que hayan cursado la etapa obligatoria en centros ordinarios y no hayan recibido formación profesional.

La subvención deberá destinarse a sufragar parte de los gastos originados en los conceptos y con la distribución siguiente:
– Gastos de tipo A): comprenderá los salarios del personal formador, incluidas cargas sociales; los ocasionados por la búsqueda, desarrollo y seguimiento de la realización de las Prácticas Formativas en Empresas, en los Programas que incluyan esta modalidad de formación; o por los ocasionados por la búsqueda, desarrollo y seguimiento de los contratos de trabajo en los Programas de la modalidad de formación-empleo.
El porcentaje máximo de la subvención destinado a este tipo de gastos será del 75%.
– Gastos de tipo B): comprenderá los gastos de funcionamiento y amortización del equipamiento que el Programa requiera y que dependerán del perfil profesional a desarrollar.
El porcentaje máximo de la subvención destinado a los mismos será de un 20%.
– Gastos de tipo C): otros gastos. El porcentaje máximo destinado a este tipo de gastos será del 15% del total de la subvención y podrán incluirse los gastos siguientes.
C.1.) Material didáctico que el programa requiera.
C.2.) Ayudas al alumnado. Cuando la situación concreta del alumno lo justifique, la Comisión Mixta de Seguimiento podrá autorizar los gastos de material, de transporte, manutención y/o alojamiento que ocasione el programa.
C.3.) Seguro de accidentes y responsabilidad civil de los alumnos.
La cobertura de este seguro incluirá, en su caso, las prácticas en empresas que puedan realizar los alumnos.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 63
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento