Subvenciones para el desarrollo entre las personas jovenes de programas y actividades de educacion en valores democraticos y cultura de paz.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S19173/12

Norma:

ORDEN de 9 de mayo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/06/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución entre las personas jóvenes de actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz que se desarrollen en el ejercicio 2012.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones establecidas en la presente Orden podrán alcanzar hasta el setenta por ciento del presupuesto aprobado de cada actividad o programa presentado a efectos de subvención. En caso de que en el presupuesto ejecutado la cantidad concedida represente más del setenta por ciento de los gastos totales, se minorará la cantidad a conceder definitivamente hasta alcanzar ese límite.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que realicen actividades de fomento y difusión de las áreas que se establecen en el artículo siguiente dirigidas a jóvenes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades o programas cuyo objetivo principal sea la promoción de la educación en valores democráticos y cultura de paz.

b) Actividades de formación de educadores/as en valores democráticos y cultura de paz.

c) Actividades dirigidas a difundir específicamente la educación en valores democráticos y cultura de paz.

Requisitos:

No podrán acceder a las subvenciones previstas en esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o se hallen incursos en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 103
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento