Subvenciones para el desarrollo en el año 2011 de actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil entre grupos de jovenes de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco y de otras regiones y estados miembros de la Union Europea.- Corrección.

Código de ayuda:

S00419/11

Norma:

ORDEN de 15 de diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Proyectos iniciados entre 1/1/11 y 30/6/11: hasta el 1/2/11. Proyectos iniciados entre 1/7/11 y 31/12/11: hasta el 1/4/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de actividades de movilidad o intercambios juveniles que se desarrollen en el ejercicio 2011

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud
  • Transporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Las subvenciones podrán alcanzar hasta el setenta por ciento del presupuesto aprobado de cada actividad o programa presentado a efectos de subvención. En caso de que en el presupuesto ejecutado la cantidad concedida represente más del 70% de los gastos totales, se minorará la cantidad a conceder definitivamente hasta alcanzar ese límite.

2.– Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el total de las subvenciones concedidas a cada
entidad beneficiaria al amparo de esta convocatoria en ningún caso podrá superar la cantidad de 50.000
euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que realicen actividades de fomento y difusión de las áreas subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los programas anuales y las actividades concretas que se lleven a cabo en los siguientes ámbitos:

a) Actividades dirigidas a la movilidad o al intercambio juvenil para la realización conjunta de actividades
con asociaciones o entidades de otros estados o regiones miembros de la Unión Europea.

b) Actividades de ámbito supraterritorial de promoción, difusión o formación relacionada con la movilidad
o el intercambio juvenil.

Requisitos:

No podrán acceder a las subvenciones previstas quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o se hallen incursos en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 251
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/01/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 17
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento