Subvenciones para el desarrollo del Programa nacional de genotipaje de ovino, se convocan las correspondientes al año 2008.

Código de ayuda:

S40764/08

Norma:

ORDEN AAR/256/2008, de 22 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo del Programa nacional de genotipaje de ovino, que se publican en el anexo de esta Orden, así como convocar las ayudas correspondientes al año 2008.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las subvenciones previstas en el apartado 1.a), el importe máximo será el 50% del coste de la aplicación del programa de selección genética y, en todo caso, no superará las cantidades anuales siguientes:

a) 21.000 euros para las organizaciones de personas criadoras que gestionen razas catalogadas de protección especial en el Catálogo oficial de razas de ganado.
b) 30.000 euros para las organizaciones de personas criadoras que gestionen otras razas incluidas en el Catálogo oficial de razas de ganado.

Para las subvenciones previstas en el apartado 1.b), el importe máximo será el 40% del gasto de la actividad realizada, y en todo caso, no superará los 18.000 euros por organización de personas criadoras.

Para las indemnizaciones previstas en el apartado 1.c), se subvencionará hasta un máximo del 50% del precio de mercado del animal en la fecha de su sacrificio o castración y, en todo caso, no superará los 450 euros por animal. Esta información se podrá consultar en la web http://www.mapa.es/es/estadistica/pags/
PreciosOrigenDestino/precios.asp.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones previstas en las letras a) y b) del apartado 1 de estas bases, las organizaciones de criadores que cumplan los requisitos siguientes:

a) Disponer del reconocimiento oficial del DAR para la gestión del libro genealógico correspondiente.
b) Disponer de un programa de conservación o de mejora de la raza aprobado por el DAR.
c) Disponer de un programa de selección genética aprobado o presentado para su aprobación por el DAR.

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones previstas en el apartado 1.c) de estas bases, las personas ganaderas titulares de explotación que cumplan, como mínimo, el requisito de ser personas propietarias de animales reproductores ovinos, machos, mayores de seis meses de edad, inscritos en un libro genealógico, con algún alelo VRQ en su genotipo, que hayan sido eliminados de la reproducción, por sacrificio o castración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La finalidad de las subvenciones que establecen estas bases es el desarrollo del Programa nacional de genotipaje de ovino en todas las explotaciones de ganado ovino del ámbito territorial de Cataluña mediante las actuaciones siguientes:

a) Aplicación de programas de selección genética.
b) Utilización de centros de inseminación artificial, creación de bancos de ADN, creación de bancos de material genético con destino a la reproducción y desarrollo de programas de inseminación artificial.
c) Indemnización por la eliminación de la reproducción, por sacrificio o castración, de animales ovinos, machos mayores de seis meses de edad, inscritos en un libro genealógico, con algún alelo VRQ en su genotipo.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5142
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento