Subvenciones para el desarrollo del Programa nacional de genotipado de ovino.
Código de ayuda:
S39600/06Norma:
Orden ARP/479/2006, de 9 de octubre.Plazo de Solicitud:
A) y B) durante los cinco primeros años de aplicación del programa. C), para los animales eliminados en el ejercicio anterior.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Desarrollar las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo del Programa nacional de genotipado de ovino que se establecen en el anexo de esta Orden, aprobadas por el Real decreto 1312/2005, de 4 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino, y la normativa básica de las subvenciones para su desarrollo.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones previstas en las letras a) y b) del apartado 2, las organizaciones de criadores que cumplan los requisitos siguientes:a) Disponer del reconocimiento oficial de la autoridad competente para la gestión del libro genealógico correspondiente, en virtud del Real decreto 286/1991, de 8 de marzo.
b) Disponer de un programa de conservación o de mejora aprobado por la autoridad competente.
c) Disponer de un programa de selección genética aprobado o presentado para su aprobación por la autoridad competente, de acuerdo con lo establecido por el capítulo II del Real decreto 1312/2005, de 4 de noviembre.
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la letra c) del apartado 2, los ganaderos titulares de explotación que cumplan, como mínimo, el requisito de ser propietarios de animales reproductores ovinos machos, mayores de seis meses de edad, inscritos en un libro genealógico, con algún alelo VRQ en su genotipo, que hayan sido eliminados de la reproducción, por sacrificio o castración.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La finalidad de las subvenciones que establece esta Orden es fomentar el desarrollo del Programanacional de genotipado de ovino en todas las explotaciones de ganado ovino del ámbito territorial de Cataluña mediante las actuaciones siguientes:
A) Aplicación de los programas de selección genética especificados en el capítulo II del Real decreto 1312/2005, de 4 de noviembre.
B) Utilización de centros de inseminación artificial, creación de bancos de ADN, creación de bancos de material genético con destino a la reproducción y el desarrollo de programas de inseminación artificial.
C) Indemnización por la eliminación de la reproducción, por sacrificio o castración, de animales ovinos machos, mayores de seis meses de edad, inscritos en un libro genealógico, con algún alelo VRQ en su genotipo.
Requisitos:
Se podrán solicitar las subvenciones previstas en el apartado A) durante los cinco primeros años de aplicación del correspondiente programa de selección genética. El plazo de inicio de las actuaciones a efectos de estas subvenciones será el 1 de enero de 2006.Se podrán solicitar las subvenciones previstas en el apartado B), durante los cinco primeros años de aplicación del correspondiente programa de selección genética. El plazo de inicio de las actuaciones a los efectos de estas subvenciones será el 1 de enero de 2006.
Se podrán solicitar las subvenciones previstas en el apartado C) para los animales eliminados en el ejercicio anterior. El plazo inicial para la presentación será el 1 de enero de 2006.
Sin embargo, en la primera solicitud se podrán incluir los animales machos, mayores de seis meses de edad, inscritos en un libro genealógico, con algún alelo VRQ en su genotipo, sacrificados desde el 14 de febrero de 2003, de acuerdo con lo establecido por la Decisión 2003/100/CE de la Comisión, de 13 de febrero de 2003, por la que se fijan los requisitos mínimos para el establecimiento de programas de cría de ovinos resistentes a las encefalopatías espongiformes transmisibles.
Documentos asociados
Boletín:
20/10/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4744
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4744
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