Subvenciones para el desarrollo del Plan General de Promocion del Uso del Euskera/Plan de Accion para la Promocion del Euskera (EBPN/ESEP) en entidades locales de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S29891/14

Norma:

ORDEN de 18 de junio de 2014. ORDEN de 23 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la forma de adjudicación de ayudas económicas destinadas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el desarrollo del EBPN/ESEP y realizar la convocatoria para 2015.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A la entidad beneficiaria se le subvencionará como máximo con un 40% del presupuesto presentado, excepto en el caso de las entidades locales que se citan en el artículo 10.1, apartado d).

Además, la cantidad máxima otorgada a las entidades locales no podrá superar el límite de 120.000 euros.

Por debajo de esa cantidad máxima se establecerán máximos intermedios, dependiendo del n.º de habitantes de cada entidad, a saber: <5.000 habitantes (20.000 euros); <10.000 habitantes (35.000 euros); <20.000 habitantes (50.000 euros); <30.000 habitantes (65.000 euros); <40.000 habitantes (80.000 euros); <50.000 habitantes (95.000 euros); &#8805;50.000 habitantes (120.000 euros).

En el caso de que a las entidades solicitantes se le aprueben subvenciones para más de un grupo y superen la cantidad máxima establecida, se recalculará proporcionalmente la cuantía a percibir para cada grupo.

Las entidades locales que se presenten al grupo C no percibirán más de 2.500 euros por dicha modalidad, indistintamente del número de habitantes que tengan. En el caso de que la dotación presupuestaria prevista no alcance para subvencionar todas las solicitudes recibidas, se procederá por prorrateo. En ningún caso la ayuda concedida superará el coste total de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y aquellas entidades de derecho público dependientes o vinculadas a ellas que tengan entre sus objetivos la normalización lingüística. Así mismo, podrán acceder a las ayudas las entidades locales asociadas para ese fin por medio de convenios de colaboración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Serán subvencionables las siguientes actividades:

1.1.– Grupo A: la realización de actividades con el fin de enseñar estrategias lingüísticas a monitores/as y entrenadores/as de ocio y deporte, así como del material educativo relacionado con su actividad.

Aquellas que tengan por objetivo potenciar la transmisión familiar del euskera.

Aquellas que tengan por objetivo mejorar la expresión oral.

Aquellas que tengan por objetivo acercar el euskera y su entorno a las personas inmigrantes.

Aquellas que, dentro del marco de la enseñanza, se desarrollen fuera del horario escolar.

Aquellas que tengan por objetivo potenciar el uso del euskera en el ocio y el deporte entre la población infantil y juvenil.

Se subvencionarán las ludotecas, gaztetxokos, colonias abiertas y similares siempre y cuando se realicen en euskera.

1.2.– Grupo B: la realización de actividades que ayuden a euskaldunizar el paisaje lingüístico de entes privados ubicados en las tres capitales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Aquellas actividades que tengan por objetivo potenciar el uso del euskera en el comercio y en la hostelería en general.

1.3.– Grupo C: realizar el diseño del plan ESEP por primera vez, siempre y cuando no se haya aprobado nunca el plan estratégico de EBPN.

2.– De todos modos, no podrán acogerse a la presente modalidad de subvención, y quedarán, por tanto, excluidas las siguientes actividades:

2.1.– Aquellas actividades presentadas por la solicitante para la misma actividad en otras convocatorias
del Gobierno Vasco.

2.2.– Aquellas que no estén directamente relacionadas con la promoción del uso del euskera.

2.3.– Las siguientes actividades:

a) Libretas-agendas escolares, calendarios y similares.

b) Actividades para potenciar el euskera en el ámbito socioeconómico, salvo aquellas que se mencionan en el artículo 8.1.2 de la Orden.

c) Becas, trabajos de investigación, mediciones del uso del euskera en la calle y similares.

d) Actividades relacionadas con el corpus: toponimia, habla local, proverbios y similares.

e) Actividades relacionadas con los planes de uso de las entidades locales.

f) Actividades desarrolladas dentro del horario escolar.

g) Ayudas, becas y campañas relacionadas con la euskaldunación-alfabetización (exceptuando las relacionadas con la transmisión y las personas inmigrantes).

h) Talleres y cursillos en euskera para adultos (exceptuando los relacionados con la transmisión y las personas inmigrantes).

i) Subvenciones a medios de comunicación, suscripciones y similares.

j) Las actividades relacionadas con el ámbito de la educación: ayudas a centros de enseñanza o colectividades de centros (exceptuando las actividades extra escolares), traducción de material, oferta de escuelas infantiles en euskera, ayudas para acudir a cursos de verano, ayudas para realizar prácticas en euskera, campañas de matriculación y similares.

k) Creación y localización de las TIC.

l) Campañas encaminadas a potenciar el uso de la grafía euskaldun en nombres y apellidos, las que animan a acudir a fiestas a favor del euskera y similares.

m) Espectáculos dirigidos a la población adulta, en general, y dentro de los que están dirigidos al público infantil y juvenil aquellos que no sean participativos a nivel lingüístico.

n) Actividades culturales: charlas, agendas culturales, semanas culturales, las encaminadas a potenciar el folklore, ferias, concursos literarios no dirigidos al público infantil y juvenil o similares.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 115
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 27/02/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 40
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento