Subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación de carácter multidisciplinar.

Código de ayuda:

S11582/06

Norma:

ORDEN de 5 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2006, las subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación de carácter multidisciplinar, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en el Decreto 119/2005.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los centros y organismos de investigación a los que pertenezca el investigador principal del proyecto que se pretenda realizar, siempre que dichos centros u organismos desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán actuaciones subvencionables la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico de carácter multidisciplinar, que impliquen la actuación conjunta de investigadores o grupos de investigación de diferentes áreas de conocimiento.
Con este fin, deberán abordarse proyectos cuya temática exija realizar investigaciones orientadas a la resolución de problemas cuyo alcance sobrepase el ámbito de una sola área de conocimiento, y, por tanto, requiera la multidisciplinariedad para su correcto desarrollo.

Dentro del concepto de proyectos de carácter multidisciplinar, se podrán distinguir dos tipos:
a) Proyectos de carácter multidisciplinar de investigación básica que impliquen la actuación conjunta de investigadores o de grupos de investigación de diferentes áreas de conocimiento.
b) Proyectos de carácter multidisciplinar de investigación aplicada que impliquen no sólo la participación de investigadores o de grupos de investigación de diferentes áreas de conocimiento, sino, además, de empresas u organizaciones interesadas en la materia objeto del proyecto de investigación.

Se considerarán gastos subvencionables aquellos relacionados directamente con el desarrollo del proyecto de investigación y que se deriven de los siguientes conceptos:
—Gastos de personal de investigación dedicado exclusivamente al proyecto.
—Contratación de servicios externos.
—Gastos derivados del uso de instalaciones o servicios de soporte de apoyo a la investigación.
—Adquisición de material fungible.
—Adquisición de pequeño material inventariable, definido como aquel que tenga un coste unitario inferior a 2000 euros.
—Viajes y dietas relacionadas directamente con el desarrollo del proyecto de investigación.
—Gastos derivados de la publicación de resultados.
—Comercialización y protección de resultados.
—Otros gastos corrientes, debidamente justificados, relacionados directamente con el desarrollo del proyecto de investigación.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 73
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/04/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 44
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento