Subvenciones para el desarrollo de proyectos de conservación de la naturaleza por asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro.

Código de ayuda:

S01200/17

Norma:

DECRETO 209/2016, de 28 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 40.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Consejería competente en materia de medio ambiente para la realización de proyectos de conservación de la naturaleza en la Comunidad Autónoma de Extremadura que estén relacionados con los principios inspiradores de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura y del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura. En este sentido serán actuaciones subvencionables las recogidas en el artículo 4 del presente decreto.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención concedida por beneficiario y convocatoria no podrá exceder de 40.000 €.

No obstante, en función de las disponibilidades presupuestarias, en cada convocatoria se establecerá el importe máximo de la subvención que se podrá conceder a cada beneficiario, sin que en ningún caso, pueda superar el importe de 40.000 euros. La subvención será del 100 % del coste total de las acciones y gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán resultar beneficiarios de las subvenciones reguladas por el presente decreto aquellas fundaciones y asociaciones privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, que reúnan los requisitos establecidos.

Requisitos:

1. Estar registradas en el registro de asociaciones o fundaciones de la Junta de Extremadura o en el registro nacional correspondiente.

2. Estar inscritos en el Registro de asociaciones o fundaciones al menos 1 año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran.

3. Entre sus fines estatutarios deberá figurar expresamente el medio ambiental, conservacionista o científico, así como entre sus actividades la realización de actuaciones en materia de conservación de la naturaleza.

4. No hallarse incursos en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario a tenor de lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

5. Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica.

6. No haber renunciado o haber dejado de justificar un importe igual o superior al 60 % de la subvención concedida en alguna de las dos anteriores convocatorias de las ayudas reguladas en la presente base reguladora o en el Decreto 43/2013, de 26 de marzo, salvo que dichas circunstancias fueran generadas por causa de fuerza mayor o fuesen debidamente justificadas.

7. No haber sido sancionado mediante resolución firme en los últimos 5 años por alguna infracción contra la fauna, la flora o las Áreas Protegidas.

Documentos asociados

Boletín: 03/01/2017
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 2
Documento: Bases Reguladoras 2017 y Anexos Descargar Documento