Subvenciones para el desarrollo de proyectos de I+D, mediante la contratación de personas investigadoras doctoras y la realización de doctorados industriales en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Bikaintek 2026.
Código de ayuda:
S15237/26Norma:
ORDEN de 26 de mayo de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de julio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Será objeto de subvención el desarrollo de proyectos de I+D en empresas que tengan una instalación productiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en determinados agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, articulado en las siguientes líneas:Línea 1: proyectos de I+D mediante la incorporación de personas investigadoras con título de doctor o doctora.
Línea 2: proyectos de I+D mediante la realización de doctorados industriales.
Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
País VascoConvoca:
Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad. (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Grandes empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Proyectos de investigación industrial que se realicen en centros de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se inicien en el año 2026 tras la presentación de la solicitud y en los que participen personas con título de doctor o doctora.b) Proyectos de investigación industrial que se realicen en centros de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se inicien en el año 2026 tras la presentación de la solicitud y en los que participen personas que comiencen sus estudios de doctorado industrial en el presente ejercicio.
Requisitos:
a) Las Grandes empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes). La categoría de pequeñas y medianas empresas (Pyme) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede los 50 millones de euros, o cuyo balance general anual no rebase los 43 millones de euros.b) Los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación -RVCTI-, acreditados, conforme a lo establecido en el Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, en las siguientes categorías:
– Unidades de I+D empresariales.
– Centros de Investigación Cooperativa.
– Centros Tecnológicos (Multifocalizados y Sectoriales).
– Agentes de Intermediación Oferta-Demanda.
2.– Las entidades, para poder ser beneficiarias, deberán de disponer de un centro productivo en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
3.– Solo podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta Orden las empresas que se encuentren al corriente de sus obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, antes de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes.
Documentos asociados
Boletín:
02/06/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 102
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 102
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
