Subvenciones para el desarrollo de proyectos culturales 2026. Línea 1 Empresas y Autónomos.
Código de ayuda:
S08064/26Norma:
Acuerdo del ayuntamiento Pleno nº06022025/O/003 de fecha 6 de febrero de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de abril de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos culturales, de acuerdo con lo establecido en las Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por elAyuntamiento de Logroño, aprobadas definitivamente en sesión ordinaria de Pleno de fecha 6 de febrero de 2025 (BOR Nº26 de fecha 7 de febrero de 2025).
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
La RiojaConvoca:
Ayuntamiento de Logroño (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Linea 1: El porcentaje máximo determinado será de un 10% de los costes directos válidamente justificados.Linea 2: El porcentaje máximo determinado será de un 15% de los costes directos válidamente justificados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los gastos ordinarios correspondientes a las retribuciones de las relaciones laborales del personal fijo o eventual dependiente de las personas y entidades beneficiarias, así como el de los socios de la empresa con la propia empresa, no podrán superar el 30 % del importe de la ayuda concedida para el proyecto.b) En el caso de que el beneficiario de la ayuda sea una persona física dada de alta en el Régimen Especial de Autónomos, el trabajo desarrollado por sí mismo para la ejecución del proyecto no podrá superar el 30 % del importe de la ayuda concedida. Este gasto se acreditará mediante la presentación de factura, justificantes de pago o documento de valor probatorio.
c) Tendrá carácter subvencionable los costes indirectos tal como refleja el art 33. 7 de las Bases reguladoras generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Logroño, en el porcentaje máximo que se determine en la presente convocatoria.
8.2. Línea 2 Subvenciones para el desarrollo de proyectos culturales destinadas a entidades sin
ánimo de lucro
Los siguientes gastos tendrán estas limitaciones:
a) Los gastos ordinarios correspondientes a las retribuciones de las relaciones laborales del
personal fijo o eventual dependiente de las entidades beneficiarias no podrá superar el 30
% del importe de la ayuda concedida para el proyecto.
b) Tendrá carácter subvencionable los costes indirectos tal como refleja el art 33. 7 de las
Bases reguladoras generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de
Logroño, en el porcentaje máximo que se determine en la presente convocatoria.
Requisitos:
1. Solicitud conforme al Anexo I que incluye: Datos del solicitante y Representante, Datos de la ayuda solicitada, Trayectoria del solicitante, Presupuesto total de Ingresos y Gastos del Proyecto y Memoria del Proyecto.2. Declaración responsable (Anexo II)
3. Régimen de protección de datos (Anexo III)
4. Documentos acreditativos de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y fiscales y documento acreditativo de estar al corriente de pago de las obligaciones con la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
11/03/2026
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 028
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
19/03/2026
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 54
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
19/03/2026
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 54
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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